Resolución número 1500 de 2021, por la cual se prorroga la vigencia de la Resolución 0957 de 2012 modificada por la Resolución 2881 de 2014 - 27 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879956304

Resolución número 1500 de 2021, por la cual se prorroga la vigencia de la Resolución 0957 de 2012 modificada por la Resolución 2881 de 2014

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51900

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales, en particular, las previstas en el artículo 3º de la Ley 155 de 1959, en el numeral 4 del artículo 2º y numeral 7 del artículo 28 del Decreto 210 de 2003, y en el Decreto Único Reglamentación del Sector Comercio, Industria y Turismo 1074 de 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto Ley 210 de 2003 determinó que es función del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, entre otras, la formulación de las políticas para la regulación del mercado, la normalización, evaluación de la conformidad, calidad y protección del consumidor.

Que en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 3º del Decreto 1605 de 2002, compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, Decreto 1073 de 2015, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitió la Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012 "por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a talleres, equipos y procesos de conversión a gas natural comprimido para uso vehicular".

Que el 1º de julio de 2014, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió la Resolución 2881 "por la cual se modifica la Resolución 0957 de 2012".

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1595 de 2015, incorporado al Decreto Único del Sector Comercio, Industria y Turismo, los reglamentos técnicos deben ser sometidos a revisión por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación, o derogatoria, por lo menos una vez cada cinco (5) años, o antes si cambian las causas que le dieron origen. No serán parte del ordenamiento jurídico los reglamentos técnicos que transcurridos cinco (5) años de su entrada en vigencia no hayan sido revisados y decidida su permanencia o modificación por la entidad que lo expidió.

Que de acuerdo al considerando anterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitió la Resolución 1173 del 2 de julio de 2019, prorrogando la vigencia de la Resolución 0957 de 2012, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que con ocasión a la situación anteriormente planteada y con el objetivo fundamental de determinar la revisión, actualización o derogación del reglamento técnico, se procedió a elaborar un Análisis de Impacto Normativo (AIN), por la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el cual arrojó como...

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