Resolución número 1516 de 2014, por medio de la cual se reconoce una personería jurídica - 1 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 542436134

Resolución número 1516 de 2014, por medio de la cual se reconoce una personería jurídica

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49322

El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Sucre, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las señaladas en el artículo 7º de la Resolución número 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 14, 15, 19 y 21 numerales 6, 7, y 8 de la Ley 7a de 1979, el artículo 205 de la ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y Adolescencia, el ICBF es la entidad rectora del sistema nacional de bienestar y en consecuencia, las instituciones que hacen parte del mismo en su organización y funcionamiento, deben dar cumplimiento estricto a las normas del servicio público de bienestar familiar dictados por el ICBF.

Que la señora Miriam Beltrán Zuccardi identificada con la cédula de ciudadanía número 33169084, ha solicitado a este Instituto se le reconozca personería jurídica a la entidad que representa legalmente "Fundación para el Desarrollo Integral de la Mujer Siglo XXI" identificada con NIT. 823001710-1, para lo cual el Grupo Jurídico de esta Regional previo el análisis de los documentos presentados por la entidad, ha emitido concepto favorable sobre el particular, por cuanto, encuentra que estos cumplen con los requisitos señalados en la Resolución número 3899 de 2010 y no contradicen el orden público, la moral y las buenas costumbres, ni persiguen fines de lucro.

En mérito de lo expuesto esta Dirección,

RESUELVE:

Artículo 1º Reconocer personería jurídica a la entidad denominada "Fundación para el Desarrollo Integral de la Mujer Siglo XXI" identificada con NIT. 823001710-1, con domicilio en la calle 15 Nº 4A-15, barrio Media Luna del municipio de Sincelejo, departamento de Sucre.
Artículo 2º

Notificar personalmente del contenido del presente acto administrativo, a...

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