Resolución número 1567 de 2019, por la cual se implementa el procedimiento dirigido a renovar el Permiso Especial de Permanencia (PEP), creado mediante la Resolución número 5797 de fecha 25 de julio de 2017, otorgado entre el 03 de agosto de 2017 y el 31 de octubre de 2017
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidades Administrativa Especial Migración Colombia |
Número de Boletín | 50970 |
El Director de Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 2, 3 y 7 del artículo 4º, y los numerales 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto número 4062 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley 4062 de 2011, se creó la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como un organismo civil de seguridad, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, con jurisdicción en todo el territorio nacional, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo objetivo es ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano, dentro del marco de la soberanía nacional y de conformidad con las leyes y la política que en la materia defina el Gobierno nacional.
Que el artículo 2.2.1.11.2.5 del Decreto número 1067 de 2015 dispuso que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia reglamentara, a través de acto administrativo, los aspectos administrativos, procedimentales y de trámite, propios de los Permisos de Ingreso y Permanencia y Permisos Temporales de Permanencia, a los visitantes extranjeros que ingresen al territorio nacional, sin vocación de permanencia y que no requieran visa.
Que mediante la Resolución número 2634 del 28 de mayo de 2019, el Ministerio de Relaciones Exteriores estableció el procedimiento dirigido a renovar el Permiso Especial de Permanencia (PEP), creado mediante la Resolución número 5797 de fecha 25 de julio de 2017, otorgado entre el 03 de agosto de 2017 y el 31 de octubre de 2017.
Que en virtud del artículo 3º de la Resolución antes citada, corresponde a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia establecer los mecanismos y demás condiciones necesarias para la implementación de la renovación del Permiso Especial de Permanencia (PEP), a los nacionales venezolanos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia renovará, a solicitud del titular, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) creado mediante Resolución número 5797 del 25 de julio de 2017, otorgado entre el 03 de agosto de 2017 y el 31 de octubre de 2017, por el término de dos (02) años a partir de su fecha de vencimiento, a los nacionales venezolanos que cumplan con los siguientes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba