Resolución número 1665 de 2016, por la cual se fijan los términos de entrega de los documentos electorales para la elección atípica de Alcalde Municipal que se realizará el 3 de abril de 2016 en Curumaní - Cesar - 7 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 618980898

Resolución número 1665 de 2016, por la cual se fijan los términos de entrega de los documentos electorales para la elección atípica de Alcalde Municipal que se realizará el 3 de abril de 2016 en Curumaní - Cesar

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49808

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 26, numeral 12 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), artículos 5º y 36 del Decreto 1010 de 2000, artículo 42 de la Ley 1475 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 12 del artículo 26 del Código Electoral, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil, dictar y hacer conocer las resoluciones que fijen los términos para la entrega de pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil.

Que el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que el artículo 36, numeral 13 del Decreto 1010 de 2000 establece que le corresponde a la Dirección de Gestión Electoral, elaborar las resoluciones que fijen los términos para la entrega de documentos electorales.

Que el artículo 42, inciso 2º de la Ley 1475 de 2011, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil para fijar los términos de entrega de documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales a los correspondientes Claveros.

Que tales documentos deben ser conducidos por los Delegados del Registrador del Estado Civil y entregados a las Claveros respectivos dentro de los términos que se les señalen, conforme al inciso 2º del artículo 144 del Código Electoral.

Que en cumplimiento a lo ordenado en providencia de Única Instancia de fecha 1º de febrero de 2016, proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar, el Gobernador fijó como fecha para la elección atípica de Alcalde del Municipio de Curumaní, el 3 de abril de 2016, mediante Decreto número 000014 del 8 de febrero de 2016.

Que, de acuerdo con lo anterior, el 3 de abril de 2016 se realizarán elecciones de Alcalde del Municipio de Curumaní - Cesar, siendo necesario fijar los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR