Resolución número 1676 de 2021, por la cual se expide la certificación del precio de venta al público de licores, vinos, aperitivos y similares no incluidos en la Resolución número 1675 de 2021 - 1 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 910484230

Resolución número 1676 de 2021, por la cual se expide la certificación del precio de venta al público de licores, vinos, aperitivos y similares no incluidos en la Resolución número 1675 de 2021

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Número de Boletín52144

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en ejercicio de las facultades legales y, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 6º del Decreto 262 de 2004 y el artículo 19 de la Ley 1816 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 208 de la Constitución Política establece que a los directores de los departamentos administrativos les corresponde la formulación de las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que el numeral 3º del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 "por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones" establece que corresponde a los departamentos administrativos, entre otras funciones, dictar las normas necesarias para el desarrollo de la ley.

Que el artículo 19 de la Ley 1816 de 2016 "por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados, se modifica el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, y se dictan otras disposiciones" establece que el componente ad valórem de la base gravable del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares es el precio de venta al público por unidad de 750 CC. Así mismo, la norma establece que dicho precio debe ser certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), anualmente, sin incluir el impuesto al consumo o a la participación, garantizando la individualidad de cada producto.

Que el Parágrafo 2º del precitado artículo faculta al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), para desarrollar todas las gestiones indispensables para la determinación anual del precio de venta al público de los licores, vinos, aperitivos y similares.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 2.2.1.7.8 del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el artículo 1º del Decreto 952 de 2019, "el Precio de Venta al Público PVP de los productos que ingresan al mercado por primera vez (...) corresponderá al del producto incorporado en la certificación que más se asimile en sus características". Así mismo, la norma dispone que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) debe aplicar una metodología de imputación del precio de venta al público a partir de las características objetivas de cada producto.

Que en cumplimiento de la norma citada anteriormente, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) expidió la Resolución número 0950 del 15 de junio de 2019 "por la cual se ajusta y se adopta la metodología para la elaboración de la certificación del precio de venta al público de licores, vinos, aperitivos y similares" y la Resolución número 0951 del 15 de junio de 2019 "por la cual se modifica la Metodología de Imputación del Precio de Venta al Público de licores, vinos aperitivos y similares, PVPLVA".

Que, en aplicación de la metodología para la elaboración de la certificación del precio de venta al público de los licores, vinos, aperitivos y similares, modificada mediante la Resolución número 0950 del 15 de junio de 2019, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) expidió la Resolución número 1551 del 30 de diciembre de 2020, en la cual certificó el precio de venta al público de los licores, vinos, aperitivos y similares para el año 2021, modificada por la Resolución número 0314 del 12 de marzo de 2021 "por la cual se modifica la Resolución número 1551 del 30 de diciembre de 2020".

Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.7.8 del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el artículo 1º del Decreto 952 de 2019 y en aplicación de la Metodología de imputación del Precio de Venta al Público de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares (PVPLVA), la cual fue modificada mediante la resolución número 0951 del 15 de junio de 2019, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) expidió la Resolución número 1552 del 30 de diciembre del 2020, en la que certificó, utilizando la técnica de imputación el Precio de Venta al Público de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares (PVPLVA) correspondiente al año 2021 para 2.966 productos no incluidos en la certificación anual de precios publicada en la Resolución número 1551 del 30 de diciembre de 2020, modificada por la Resolución número 0314 del 12 de marzo de 2021 "por la cual se modifica la Resolución número 1551 del 30 de diciembre de 2020".

Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.7.8 del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el artículo 1º del Decreto 952 de 2019, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) expidió las Resoluciones 0018 del 8 de enero de 2021,

0074 del 22 de enero de 2021, 0161 del 12 de febrero de 2021, 0226 del 26 de febrero de

2021, 0291 del 12 de marzo de 2021, 0375 del 26 de marzo de 2021, 0414 del 9 de abril de 2021, 0470 del 23 de abril de 2021, 0540 del 14 de mayo de 2021, 0595 del 28 de mayo de 2021, 0676 del 11...

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