Resolución número 1676 de 2023, por medio de la cual se modifican los numerales 3.2.2, 3.5 y 9.1.8 del Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre adoptado mediante la Resolución número 901 de 1996 - 13 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 950550457

Resolución número 1676 de 2023, por medio de la cual se modifican los numerales 3.2.2, 3.5 y 9.1.8 del Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre adoptado mediante la Resolución número 901 de 1996

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52547

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de lo previsto en el numeral 9 del artículo 2º del Decreto Ley número 4107 de 2011 y el artículo 28 del Decreto número 1571 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que este Ministerio expidió la Resolución número 901 de 1996 "por la cual se adopta el Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre" donde se definen los requisitos y condiciones que deben acreditarse para la donación de sangre.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia T-248 de 2012 este Ministerio expidió la Resolución número 3212 de 2018, "por medio de la cual se modifican unos numerales del Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre, adoptado mediante Resolución número 901 de 1996 y se dictan otras disposiciones", modificando los numerales 3.2.2, 3.5 y 9.1.8 del citado Manual, con el objeto de ajustar los criterios de exclusión que constituían discriminación para la selección de los donantes de sangre.

Que la Corte Constitucional, a través de la Sentencia T-171 de 2022, exhortó al Ministerio de Salud y Protección Social a modificar la Resolución número 3212 de 2018 "con el fin de eliminar las referencias a las categorías de hombres que tienen sexo con hombres (HSH) y población trans como factores, grupos, poblaciones o conductas de riesgo", razón por la cual es necesario modificar los numerales 3.2.2, 3.5 y 9.1.8 de la Resolución número 901 de 1996 por la cual se adopta el Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre.

Que, en ese contexto y atendiendo lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 95 Constitucional, es deber de los colombianos, respetar los derechos ajenos y obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

Que es deber de las personas, conforme a lo señalado en el segundo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR