Resolución número 173 de 2014, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, por la cual se establece una opción para que vendedores y compradores acuerden diferir y modificar la aplicación de la actualización del precio del gas natural en los contratos pactados en 2013 - 26 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 550648770

Resolución número 173 de 2014, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, por la cual se establece una opción para que vendedores y compradores acuerden diferir y modificar la aplicación de la actualización del precio del gas natural en los contratos pactados en 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49376

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos número 2253 de 1994 y 1260 de 2013 y

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo la Comisión debe hacer públicos en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 634 del 22 de diciembre de 2014, aprobó hacer público el proyecto de resolución "por la cual se establece una opción para que vendedores y compradores acuerden diferir y modificar la aplicación de la actualización del precio del gas natural en los contratos pactados en 2013".

RESUELVE:

Artículo 1º Hágase público el proyecto de resolución "por la cual se establece una opción para que vendedores y compradores acuerden diferir y modificar la aplicación de la actualización del precio del gas natural en los contratos pactados en 2013".
Artículo 2º Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades locales municipales y departamentales competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta a más tardar el 23 de diciembre de 2014, a las 3 p.m.
Artículo 3º Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto...

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