Resolución número 174 de 2014, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, 'por la cual se establece una opción tarifaria para el Componente Variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería'
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas |
Número de Boletín | 49376 |
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y
CONSIDERANDO QUE:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo la Comisión debe hacer públicos en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 634 del 22 de diciembre de 2014, aprobó hacer público el proyecto de resolución de carácter general "Por la cual se establece una opción tarifaria para el Componente Variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería".
RESUELVE:
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2014. El Presidente,
Tomás González Estrada, Ministro de Minas y Energía.
El Director Ejecutivo,
Jorge Pinto Nolla.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, "por la cual se establece una opción tarifaria para el Componente Variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 365 de la Constitución Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
El servicio público domiciliario de gas combustible ha sido definido por la Ley 142 de 1994 como "el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible, por tubería u otro medio, desde un sitio de acopio de grandes volúmenes o desde un gasoducto...
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