Resolución número 1813 de 2015, por la cual se adoptan medidas para afrontar los efectos del Fenómeno del Niño en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Quindío - 1 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586329270

Resolución número 1813 de 2015, por la cual se adoptan medidas para afrontar los efectos del Fenómeno del Niño en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Quindío

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Quindío
Número de Boletín49683

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las contenidas en el artículo 29 de la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8º de la Constitución Política de Colombia establece que "Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación";

Que de acuerdo al artículo 79 de la Constitución Política de Colombia, "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines";

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Constitución Política "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá

prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas";

Que el artículo 315 de la Constitución Política de Colombia le confiere facultades especiales a los alcaldes en los numerales 1 y 2, "Son atribuciones del alcalde: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo. 2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante (...)";

Que el artículo 1º de la Ley 99 de 1993, indica los principios generales de la política ambiental en Colombia: (...). 5. En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso. (...). 9. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento...";

Que la Ley 99 de 1993, en su artículo 31, estableció como funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales, ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente; y ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del...

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