Resolución número 1885 de 2015, por la cual se fija el cupo global para el otorgamiento de permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal en jurisdicción de la Corporación Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), y se dictan otras disposiciones - 2 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581964842

Resolución número 1885 de 2015, por la cual se fija el cupo global para el otorgamiento de permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal en jurisdicción de la Corporación Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49623

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 42 del artículo de la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos , 79 y 80 de la Constitución Política de Colombia, señalan que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, fomentar la educación para el logro de estos fines, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Que mediante el numeral 42 del artículo de la Ley 99 de 1993, se le asignó a este Ministerio la función de fijar los cupos globales y determinar las especies para el aprovechamiento de bosques naturales y la obtención de especímenes de flora y fauna silvestres, teniendo en cuenta la oferta y la capacidad de renovación de dichos recursos, con base en los cuales las Corporaciones Autónomas Regionales otorgarán los correspondientes permisos, concesiones y autorizaciones de aprovechamiento;

Que mediante el numeral 10 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, le asignó como funciones a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la de proponer los criterios y metodologías a fin de establecer las especies y cupos globales para el aprovechamiento de bosques naturales y especies de flora y fauna silvestres.

Que mediante la Resolución número 1766 de 13 de diciembre de 2013, "por la cual se modifica el parágrafo del artículo 1º de la Resolución número 0336 del 22 de diciembre de 2011, a través de la cual se fijó el cupo global para el otorgamiento de autorizaciones de aprovechamiento forestal en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), y se dictan otras disposiciones", el hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible estableció cupo global de aprovechamiento forestal de bosques naturales, con base en las cuales la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), otorgó los correspondientes permisos y autorizaciones de aprovechamiento forestal persistente y doméstico.

Que profesionales de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosisté-micos, realizaron visita de visita a la CDA el 22 y 23 de mayo de 2015, con el propósito de realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Resoluciones números 336 de 2001 y 1766 de 2013, teniendo como resultado que la CDA dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas.

Que el doctor César Humberto Meléndez Sáenz, Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), solicitó mediante oficio 4120-E1-27810 del 21 de agosto de 2015 a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MADS, un nuevo cupo global de aprovechamiento forestal, en atención a que se agotó el volumen asignado a los aprovechamientos forestales domésticos.

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos atendiendo a la solicitud de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), y las anteriores consideraciones en el marco de las funciones asignadas en el numeral 10 del artículo 16 del Decreto número 3570 de 2011, emitió concepto técnico del 21 de agosto 2015, con el fin de establecer las especies y cupos globales para el aprovechamiento de bosques naturales en jurisdicción de la mencionada entidad.

Que con el propósito de garantizar la oferta y renovabilidad del recurso se impondrán a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico, medidas relacionadas con el manejo y aprovechamiento de especies forestales declaradas en amenaza, ciclo de corta de mínimo 30 años para los aprovechamientos forestales policíclicos; un volumen máximo de extracción de 25 m3 por hectárea; acciones para fortalecer el control y seguimiento a los permisos y autorizaciones de aprovechamiento forestal.

Que es de anotar que las decisiones contenidas en el presente acto administrativo serán sujetas a control por parte de este Ministerio, quien podrá, inclusive, mediante resolución motivada debidamente sustentada en concepto técnico, revocar el cupo asignado de conformidad con los dispuesto en el numeral 2 del artículo 93 de la Ley 1437 de 2011.

Que agotadas las etapas y el cupo otorgado en las Resoluciones números 336 de 2001 y 1766 de 2013, y cumplidas las obligaciones allí establecidas el presente acto administrativo deroga en su totalidad las Resoluciones números 336 de 2001 y 1766 de 2013.

Que según lo expuesto en el mencionado concepto técnico: "La metodología consiste en determinar tanto la oferta del recurso forestal a través de la superficie de bosques presente en al área de jurisdicción de la Corporación identificando en estos las áreas con aptitud para el aprovechamiento forestal; así como la renovabilidad del mismo (la cual se determina a través de los inventarios de caracterización florística, los diámetros máximos registrados para las especies maderables y las tasas de crecimiento estimadas para estos tipos de bosques) y por último se determina la presión sobre la oferta del recurso forestal (producto del análisis de las tasas de deforestación y de la demanda por aprovechamiento forestal que reporta la corporación); variables que se integran en una fórmula de cálculo que permiten estimar el volumen aprovechable en el área de jurisdicción de la Corporación. Veamos entonces el desarrollo de la misma:

Oferta, demanda y presión sobre el recurso forestal

Oferta

Área de Bosques y Deforestación en Jurisdicción...

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