Resolución número 1913 de 2018, Por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de un acto administrativo y se toman otras determinaciones
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales |
Número de Boletín | 50693 |
El Director General (e) del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 5 del Decreto 291 de 2004, la y,
CONSIDERANDO:
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ANTECEDENTES
Que de conformidad con los artículos 8º, 79, 80 y el numeral 8 del artículo 95 de la Constitución Política de Colombia, es obligación del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines, así como también, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible, la conservación, restauración o sustitución de los mismos, con el fin de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados, garantizando así, el derecho a gozar de un ambiente sano, e igualmente, cooperara a su vez con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas; por ello es claro, que el Estado y las personas tienen la obligación de proteger las riquezas naturales de la Nación.
Que teniendo en cuenta lo anterior, el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a través de la Resolución 601 del 04 de abril de 2006, estableció la Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión, para todo el territorio nacional en condiciones de referencia.
Que mediante la Resolución 610 del 24 de marzo de 2010, el referido Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, modificó la Resolución 601 del 04 de abril de 2006, designando al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) el competente para elaborar el Protocolo para el Monitoreo y Seguimiento de la Calidad del Aire, que sería adoptado a nivel nacional.
Que mediante la Resolución 2448 del 10 de noviembre de 2010, el Director General del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), en uso de sus facultades legales y relamerías, resolvió adoptar los métodos de referencia de medición de los contaminantes.
Que a través de la Resolución 2254 del 1º de noviembre de 2017, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, adoptó la norma de calidad del aire ambiente y se dictan otras disposiciones, determinado de forma expresa en su artículo veintiséis los términos de vigencia y las derogatorias que serían establecidas por la nueva norma de la siguiente manera:
(... )
Artículo 26. Vigencia y Derogatorias. La presente resolución rige a partir del 1 de enero de 2018, fecha a partir de la cual se derogan la Resolución 601 de 2006 y Resolución 610 de 2010, el Anexo 2 "Procedimiento de cálculo para la determinación de área - fuente" del manual de diseño de sistemas de...
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