Resolución número 1957 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes del proyecto que adopta la Unidad de Planeamiento Rural: UPR Zona Norte de Bogotá, D. C. - 7 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 584677982

Resolución número 1957 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes del proyecto que adopta la Unidad de Planeamiento Rural: UPR Zona Norte de Bogotá, D. C.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín49658

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999; el artículo 8º del Decreto 3600 de 1997 y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción.

Que el artículo 6º del Decreto 3600 de 2007, define el planeamiento del suelo rural y define: Planeamiento intermedio del suelo rural. Para desarrollar y precisar las condiciones de ordenamiento de áreas específicas del suelo rural a escala intermedia, el plan de ordenamiento territorial podrá delimitar para la totalidad del suelo rural las unidades de planificación rural.

Que el artículo 7º del Decreto 3600 de 2007, define los contenidos de la Unidad de Planeamiento Rural.

Que el artículo 8º del...

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