Resolución número 1971 de 2016, por medio de la cual se revoca parcialmente la Resolución número 608 del 19 de agosto del 2011, por la cual se determinan los cupos para los planes de adquisición y construcción de vivienda que asignó 175 cupos, en el Proyecto Urbanización Villa Carolina, en el municipio Palmar de Varela, del departamento de Atlántico; 267 cupos en el Proyecto Urbanización La Candelaria II Etapa B del municipio Soledad, del departamento de Atlántico; 451 cupos en el Proyecto Urbanización Vereda Tropical, en el municipio de Montería, del departamento de Córdoba y 200 cupos en el Proyecto Urbanización Primero Planeta, del municipio de Planeta Rica, del departamento de Córdoba en el marco del Programa Promoción, Oferta y Demanda - 5 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652864937

Resolución número 1971 de 2016, por medio de la cual se revoca parcialmente la Resolución número 608 del 19 de agosto del 2011, por la cual se determinan los cupos para los planes de adquisición y construcción de vivienda que asignó 175 cupos, en el Proyecto Urbanización Villa Carolina, en el municipio Palmar de Varela, del departamento de Atlántico; 267 cupos en el Proyecto Urbanización La Candelaria II Etapa B del municipio Soledad, del departamento de Atlántico; 451 cupos en el Proyecto Urbanización Vereda Tropical, en el municipio de Montería, del departamento de Córdoba y 200 cupos en el Proyecto Urbanización Primero Planeta, del municipio de Planeta Rica, del departamento de Córdoba en el marco del Programa Promoción, Oferta y Demanda

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50048

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.1.2.2.1 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 608 de fecha 19 de agosto de 2011, se determinaron cupos de Promoción, Oferta y Demanda para población en situación de desplazamiento, a los planes de vivienda anteriormente relacionados;

Que de acuerdo al planteamiento inicial de los proyectos de vivienda, en relación a los cupos asignados por el Gobierno nacional, a través del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) correspondientes con la Resolución número 608 del 19 de agosto de 2011, se aplicarían los cupos al Subsidio Familiar de Vivienda de la siguiente manera: ciento setenta y cinco (175) cupos por un valor de $687.461.592 al Proyecto Urbanización Villa Carolina; doscientos sesenta y siete (267) cupos por un valor de $755.096.336 al Proyecto de Vivienda La Candelaria II Etapa; cuatrocientos cincuenta y un (451) cupos al Proyecto de Vivienda Urbanización Vereda Tropical, por valor de $1.769.273.000 y doscientos (200) cupos al Proyecto de Vivienda Urbanización Primero Planeta, por valor de $803.400.000;

Que mediante la Resolución número 695 de 2011 por la cual se aprueba la inscripción de hogares en situación de desplazamiento con estado asignado de la Etapa Uno, en los planes de vivienda con cupos asignados mediante las Resoluciones números 564 y 608 de 2011 y se fijan condiciones para segunda etapa de inscripción de hogares en estado calificado, se inscribieron a los proyectos, Urbanización Villa Carolina del municipio de Palmar de Varela, del departamento de Atlántico, ciento setenta y cinco (175) hogares; al Proyecto Urbanización La Candelaria II Etapa B del municipio de Soledad, del departamento del Atlántico doscientos sesenta y siete (267) hogares; al Proyecto Urbanización Vereda Tropical, del municipio de Montería del departamento de Córdoba, cuatrocientos cincuenta y un (451) hogares; al Proyecto Urbanización Primero Planeta del municipio Planeta Rica del departamento de Córdoba, doscientos (200) hogares;

Que mediante la Resolución número 790 de 2011, por la cual se asignan seis mil trescientos ochenta (6.380) Subsidios Familiares de Vivienda, correspondientes a recursos presupuestales para población en situación de desplazamiento, en el proceso de la séptima asignación de la Convocatoria efectuada mediante Resolución número 174 del 5 de junio de 2007 del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Resolución número 1024 de 2011 por la cual se establecen las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la Promoción de Oferta y Demanda, se asignaron para aplicar directamente a los proyectos: Urbanización Villa Carolina del municipio de Palmar de Varela del departamento de Atlántico, ciento setenta y cinco (175) hogares; al Proyecto de Vivienda Urbanización La Candelaria II Etapa B del municipio de Soledad del departamento del Atlántico doscientos sesenta y siete (267) hogares; al Proyecto Urbanización Vereda Tropical del municipio de Montería del departamento de Córdoba, cuatrocientos cincuenta y un (451) hogares; al Proyecto Urbanización Primero Planeta del municipio Planeta Rica del departamento de Córdoba, doscientos (200) hogares;

Que el oferente del Proyecto Urbanización Villa Carolina, del municipio Palmar de Varela del departamento de Atlántico, es la Unión Temporal Villa Carolina; representada legalmente por Gustavo de Jesús Angulo Canaval;

Que el oferente del Proyecto de Vivienda Urbanización La Candelaria II Etapa B del municipio Soledad, del departamento de Atlántico, es la Fundación Alianza por la Paz y el Progreso, representante legal por Guillermo Piñeros Granados;

Que el oferente del Proyecto de Vivienda Urbanización Vereda Tropical, del municipio de Montería, del departamento de Córdoba es el Convenio Asociativo, departamento de Córdoba: Ágora Ltda. y Milton Oviedo Álvarez, representado por el señor Gobernador del departamento de Córdoba Édwin Besaile Fayad;

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3....

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