Resolución número 20171100066447 de 2017, por medio de la cual se establece la Política de Administración del Riesgo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada - 12 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 693321765

Resolución número 20171100066447 de 2017, por medio de la cual se establece la Política de Administración del Riesgo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Número de Boletín50354

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Decretos 2355, 2356 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la Ley 87 de 1993, "por la cual se dictan normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones"", se establecen como objetivos del Sistema de Control Interno: Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afectan y definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de los objetivos.

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública", toda entidad pública deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos necesarios para mejorar la atención al ciudadano.

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto 1083 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Públicd", en el artículo 2.2.21.5.4., como parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control interno en las entidades públicas, las autoridades correspondientes establecerán y aplicarán políticas de administración del riesgo.

Que en concordancia con lo establecido en el artículo 4º del Decreto 943 de 2014, "por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI)", se establece como fase III, para la implementación del Modelo Actualizado, la adopción de la política de administración del riesgo.

Que según el artículo 2.2.21.1.6 del Decreto 648 de 2017, "por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública"" establece como una de las funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno la siguiente: "Someter a aprobación del representante legal la política de administración del riesgo y hacer seguimiento, en especial a la prevención y detección de fraude y mala conducta".

De conformidad con lo señalado, se presentó para aprobación la política de administración de riesgos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ante el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno celebrado el 31 de agosto de

2017.

En mérito de lo expuesto, el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar la Política de Administración del Riesgo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en los siguientes términos:

"La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada como organismo responsable de dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada que se desarrollen en el territorio nacional, coherente con su política de calidad, con los componentes y elementos que define el MECI, las políticas de desarrollo administrativo y con los principios y valores institucionales establecidos en el Código de Ética de la entidad, se compromete a identificar, prevenir, gestionar y tratar los riesgos que puedan afectar el cumplimiento de la misión de la entidad y de los objetivos tanto institucionales, así como los objetivos de los procesos.

De igual manera, se compromete con la construcción y fortalecimiento de una cultura de rechazo a la corrupción y de corresponsabilidad en la gestión y defensa de lo público, en pos del cumplimiento de los fines estatales.

La Administración de Riesgos en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada tiene un carácter prioritario y estratégico, y se fundamenta en el modelo de gestión por procesos y opera bajo un enfoque de carácter preventivo y participativo, que permite gestionar de forma anticipada las vulnerabilidades o eventos que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales y la satisfacción de las necesidades y expectativas de los usuarios y grupos de interés.

Asimismo, el monitoreo y seguimiento periódico de los riesgos se constituye en la base fundamental para mejorar la gestión institucional".

Artículo 2º Objetivo.

Establecer los lineamientos y orientaciones para identificar, analizar, valorar y tratar los riesgos de gestión de los procesos y los riesgos de corrupción a los que está expuesta la...

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