Resolución número 202 de 2015, por la cual se niega una solicitud de reconocimiento de prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada a un servidor público del Nivel Asesor del Centro de Memoria Histórica - 17 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588059582

Resolución número 202 de 2015, por la cual se niega una solicitud de reconocimiento de prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada a un servidor público del Nivel Asesor del Centro de Memoria Histórica

EmisorEstablecimientos Públicos - Centro Nacional de Memoria Histórica
Número de Boletín49699

El Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica, en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en el Decreto 4803 del 20 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto 2164 de 1991 establece: "La prima técnica es un reconocimiento económico para atraer o mantener en el servicio del Estado a empleados altamente calificados que se requieran para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados o la realización de labores de dirección o de especial responsabilidad, de acuerdo con las necesidades específicas de cada organismo. Así mismo, será un reconocimiento al desempeño en el cargo, en los términos que se establecen en este Decreto. (... )".

Que el artículo 1º del Decreto 1336 de 2003 consagra: "La prima técnica establecida en las disposiciones legales vigentes, solo podrá asignarse por cualquiera de los criterios existentes, a quienes estén nombrados con carácter permanente en los cargos del nivel Directivo, Jefes de Oficina Asesora y a los de Asesor cuyo empleo se encuentre adscrito a los despachos de los siguientes funcionarios: Ministro, Viceministro, Director de Departamento Administrativo, Superintendente y Director de Unidad Administrativa especial o sus equivalentes en los diferentes órganos y Ramas del Poder Público".

Que a su vez el Decreto 2177 de 2006, establece los lineamientos para que las Entidades Públicas lo reglamenten internamente, indicando:

"Artículo 1 º. Criterios para asignación de prima técnica. Para tener derecho a Prima Técnica, además de ocupar un cargo en uno de los niveles señalados en el artículo 1º del Decreto 1336 de 2003, adscritos a los Despachos citados en la mencionada norma,...

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