Resolución número 20233040041285 de 2023, por la cual se modifica parcialmente el artículo tercero de la Resolución número 0001462 de 2014 modificada parcialmente mediante las Resoluciones número 0000020 de 2020, 20223040054825 de 2022 y 20233040024055 de 2023 - 25 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 947027753

Resolución número 20233040041285 de 2023, por la cual se modifica parcialmente el artículo tercero de la Resolución número 0001462 de 2014 modificada parcialmente mediante las Resoluciones número 0000020 de 2020, 20223040054825 de 2022 y 20233040024055 de 2023

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín52529

La Viceministra de Infraestructura, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 21 de la Ley 105 de 1993 modificado parcialmente por el artículo 1º de la Ley 787 de 2002, numeral 6.15 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 105 de 1993 modificado parcialmente por el artículo 1º de la Ley 787 de 2002, establece que, para la construcción y conservación de la infraestructura de transporte a cargo de la nación, esta contará con los recursos que se apropien en el Presupuesto Nacional y además cobrará el uso de las obras de infraestructura de transporte a los usuarios, buscando garantizar su adecuado mantenimiento, operación y desarrollo.

Que, para estos efectos, la nación establecerá peajes, tarifas y tasas sobre el uso de la infraestructura nacional de transporte y los recursos provenientes de su cobro se usarán exclusivamente para ese modo de transporte.

Que el numeral 6.15 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011: "por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias" señala que corresponde al Despacho del Ministerio de Transporte establecer los peajes, tarifas, tasas y derechos a cobrar por el uso de la infraestructura de los modos de transporte, excepto el aéreo.

Que mediante la Resolución 0001462 del 29 de mayo de 2014, se emitió concepto vinculante previo al establecimiento de tres estaciones de peaje denominadas Ubaque, Choachí y Sopó, se establecieron las tarifas y tarifas diferenciales a cobrar en las estaciones denominadas Ubaque, Choachí, Sopó, Los Patios y La Cabana que pertenecen al proyecto Perimetral de Oriente de Cundinamarca.

Que en relación con las tarifas diferenciales para la estación de Peaje Los Patios la precitada Resolución dispuso en el artículo tercero, lo siguiente:

"Artículo Tercero. En las estaciones de peajes de las que trata el artículo segundo aplicarán las tarifas diferenciales que se establecen en la siguiente tabla: (...)

(...)".

Que mediante la Resolución 20233040024055 del 9 de junio de 2023, el Ministerio de Transporte adicionó y modificó parcialmente el artículo tercero de la Resolución número 0001462 de 2014, modificado mediante las resoluciones número 0000020 de 2020 y 20223040054825 de 2022, en el sentido de incluir en la tabla con título "Estación de Peaje de Los Patios" las tarifas diferenciales IE2A, IE2B, IE3 y IE4, y modificar el parágrafo cuarto del mismo, de la siguiente manera:

(...)

...

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