Resolución número 2031 de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 1074 del 4 de febrero de 2020, por la cual se establece la fecha de realización de Consejos Municipales y Locales de Juventud y se dicta un calendario electoral - 5 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 841058652

Resolución número 2031 de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 1074 del 4 de febrero de 2020, por la cual se establece la fecha de realización de Consejos Municipales y Locales de Juventud y se dicta un calendario electoral

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51247

El Registrador Nacional del Estado Civil y el Presidente del Consejo Nacional Electoral, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 265 y 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 del Código Electoral y el numeral 11 del artículo 5º del Decreto-ley 1010 de 2000, la Ley Estatutaria

1885 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que, los numerales 1 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política le otorgan al Consejo Nacional Electoral la facultad de ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral y de velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.

Que, el numeral 12 del artículo 265 de la Carta asigna al Consejo Nacional Electoral la facultad de decidir sobre la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad previstas en la Constitución y la ley.

Que, el artículo 266 Superior prescribe como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil la de dirigir y organizar el proceso electoral.

Que, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto número 2241 de 1986 - Código Electoral asigna al Registrador Nacional del Estado Civil la función de organizar y vigilar el proceso electoral.

Que, el numeral 11 del artículo 5º del Decreto-ley 1010 de 2000, consagra como atribuciones del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que la Ley Estatuaria 1885 de 2018 modificó la Ley 1622 de 2013, por medio de la cual se expidió el Estatuto de Ciudadanía Juvenil.

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR