Resolución número 2154 de 2023, por la cual se corrige un error formal de la Resolución número 0352 del 6 de febrero del 2019 por la cual se modifica la Resolución número 3481 de fecha 30 de diciembre de 2009, la cual reglamentó el uso y aprovechamiento de las aguas del río Bache - 20 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 942078420

Resolución número 2154 de 2023, por la cual se corrige un error formal de la Resolución número 0352 del 6 de febrero del 2019 por la cual se modifica la Resolución número 3481 de fecha 30 de diciembre de 2009, la cual reglamentó el uso y aprovechamiento de las aguas del río Bache

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín52493

El Subdirector de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere la dirección general según resoluciones números 4041 de 2017, modificada bajo las Resoluciones números 104 de 2019, 466 de 2020 y 2747 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución número 3481 del 30 de diciembre de 2009, emanada de la subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la CAM, se reglamentó el uso y aprovechamiento de las aguas del río Bache, conforme al cuadro de reparto, distribución de caudales y porcentajes.

El río Bache es una corriente de uso púbico que nace sobre los 3400 msnm, entre los sitios de Santa Librada y Jerusalén en las estribaciones del nevado del Huila en jurisdicción del municipio de Santa María, desembocando en el río Magdalena por la margen izquierda. Una longitud de 106,969 kilómetros.

Que conforme a lo anterior, se otorgó concesión de aguas superficiales mediante la resolución 0352 del 6 de febrero del 2019 empresa Quality Fish S. A. S., identificada con Nit. 900855204-1 Para beneficio del predio "El Revolcadero", ubicado la vereda El Dindal, jurisdicción del municipio de Aipe (H), según expediente número DTN-3-017-2018, otorgando un caudal de 179,8 litros por segundo (lps), para uso piscícola (51,37 Ha), corresponde a:

"Cuadragésima Derivación Vigésima Segunda Derecha (40D22D) Bombeo el revolcadero

· número 1D22D, Predio Vega Redonda o Revolcadero, Quality Fish S. A. S., uso piscicultura (51.37 hectáreas), en un caudal de 179.8 litros por segundo. Código CAM número 101400000053".

Mediante radicado CAM número 7011-2023 de fecha 28 de junio de 2023, la señora Lina Maria Tovar Cabrera identificada con cédula de ciudadanía número 1080292308 expedida en Neiva en su condición de representante legal de Quality Fish S. A. S., solicitó ante la Corporación:

"Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR