Resolución número 21616 de 2016, por la cual se fija una Tasa por servicios de instrucción, formación, enseñanza o divulgación que preste la entidad en temas relacionados con Protección de Datos - 28 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 637514853

Resolución número 21616 de 2016, por la cual se fija una Tasa por servicios de instrucción, formación, enseñanza o divulgación que preste la entidad en temas relacionados con Protección de Datos

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín49858

La Secretaria General de la Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 22 del Decreto 4886 de 2011, artículo 21 de la Ley 1581 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1581 de 2012, la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de sus funciones misionales, debe promover y divulgar los derechos de las personas respecto del tratamiento de los datos personales, mediante la implementación de campañas pedagógicas para capacitar e informar a los ciudadanos acerca del ejercicio y garantía del derecho fundamental a la protección de los mismos.

Segundo. Que como consecuencia de lo dispuesto en la referida ley, compete a esta Superintendencia organizar la realización del Cuarto Congreso Internacional de Protección de Datos Personales, el cual contará con la asistencia de funcionarios de la Entidad y autoridades nacionales e internacionales en materia de datos personales, en calidad de expositores.

Tercero. Que en aras de planificar todos los aspectos relativos a la realización del Cuarto Congreso Internacional de Protección de Datos Personales, la Oficina de Servicios al Consumidor y Apoyo Empresarial (Oscae) de la Superintendencia, solicitó al Grupo de Estudios Económicos de la Entidad, la realización del estudio de costos tendiente a determinar la tarifa de la tasa por concepto de capacitaciones presenciales.

Cuarto. Que el Grupo de Estudios Económicos, una vez realizado dicho estudio informó que la tarifa calculada para la tasa por concepto de inscripción al Cuarto Congreso Internacional de Protección de Datos Personales, es de trescientos mil pesos moneda corriente ($300.000), tarifa esta a la cual es factible aplicar descuentos por los conceptos que se describirán en la parte resolutiva del presente acto.

Quinto. Que una vez establecidas las tarifas de la tasa por inscripción en el mencionado congreso, se dispone que...

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