Resolución número 2288 de 2015, por la cual se declara abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 003 de 2015 cuyo objeto es otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico, a nivel municipal, departamental y nacional, en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz para los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, de conformidad con el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF) - 6 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 584426318

Resolución número 2288 de 2015, por la cual se declara abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 003 de 2015 cuyo objeto es otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico, a nivel municipal, departamental y nacional, en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz para los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, de conformidad con el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF)

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín49657

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las previstas en la Ley 1341 de 2009, el Decreto número 4169 de 2011, los Decretos números 2618 de 2012, 1078 de 2015 y las Resoluciones números 2118 de 2011, 1588 de 2012, 917 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley 1341 de 2009, el uso del espectro ra-dioeléctrico requiere permiso previo, expreso y otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones;

Que de conformidad con el artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otras, reglamentar las condiciones y requisitos para el otorgamiento de licencias, permisos y registros para el uso o explotación de los derechos del Estado sobre el espectro radioeléctrico y los servicios del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 1341 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe determinar si existe un número plural de interesados en la banda de frecuencias correspondiente y, en caso tal, adelantar mecanismos de selección objetiva, previa convocatoria pública, para el otorgamiento de los respectivos permisos, así como exigir las garantías correspondientes;

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 7º del Decreto-ley 4169 de 2011, se encuentran dentro de las funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la de asignar y gestionar el espectro radioeléctrico, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas, sin perjuicio de las funciones que sobre los servicios de televisión estén asignadas a otras entidades;

Que la Resolución número 442 de 2013, expedida por la Agencia Nacional del Espectro (ANE), en cumplimiento del artículo 1º del Decreto-ley 4169 de 2011, actualizó y adoptó el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF), que posteriormente fue actualizado mediante la Resolución ANE número 14 del 15 de enero de 2014 (Planes de canalización) y la Resolución ANE número 418 del 14 de julio de 2014 (que incluyó un Plan de Canalización en 18 GHz);

Que el artículo 2.2.2.1.1.1 del Decreto número 1078 de 2015, dispone que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, previamente al inicio del proceso de selección objetiva para otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico, determinará si existe pluralidad de oferentes. Para el efecto, publicará durante tres (3) días hábiles en su página web, la intención de otorgar espectro;

Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 4º de la Resolución número 2118 del 15 de septiembre de 2011, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante documento denominado: "Aviso de Convocatoria Pública número 003 del 22 de julio de 2015", publicado en la página web de la Entidad www. mintic.gov.co. convocó a los interesados en participar en el presente procedimiento de Selección Objetiva

para que presentaran manifestaciones de interés dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al término de publicación de la convocatoria;

Que la entidad dentro del plazo señalado recibió diferentes manifestaciones de interés para las bandas de frecuencias de que trata la presente resolución, las cuales se encuentran publicadas en el siguiente hipervínculo: http://www.mintic.gov.co/portal/604/arti-cles-6202_aviso_ convocatoria _003 _2015.pdf, lo que permite concluir la existencia de pluralidad de interesados para la asignación de permisos para el uso del espectro en dichas bandas, de conformidad con el artículo 6º de la Resolución número 2118 de 2011;

Que el artículo 2.2.2.1.1.2 del Decreto número 1078 de 2015, dispone que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, podrá ordenar el inicio del procedimiento de selección objetiva mediante acto administrativo motivado, que debe publicarse en su página web, el cual señalará el objeto de la selección objetiva, las frecuencia(s) y/o banda(s) de frecuencias en las que se otorgarán los permisos, su localización geográfica, los usos o aplicaciones permitidas en ellas, las contraprestaciones a que haya lugar, el contenido de la solicitud, el estudio técnico que lo soporte, los requisitos específicos requeridos para cada banda y/o frecuencia, los criterios de selección y el cronograma respectivo;

Que la Resolución número 2118 del 15 de septiembre de 2011, modificada por la Resolución número 1588 de 2012, estableció las condiciones, los requisitos y el trámite para otorgar permisos para el uso de espectro radioeléctrico, exceptuando las bandas de frecuencias atribuidas o identificadas para la operación y prestación de los servicios de IMT y radiodifusión sonora, de conformidad con el artículo 2.2.2.1.1.3 del Decreto número 1078 de 2015, en consonancia con lo proveído en la sentencia de la Corte Constitucional C-403 de 2010;

Que surtida la etapa previa de verificación de existencia de pluralidad de interesados en la asignación de espectro en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz, en los segmentos atribuidos a los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre para las cuales se convocó, la entidad considera procedente dar apertura al Procedimiento de Selección Objetiva número 003 de 2015, teniendo en cuenta los requisitos y condiciones establecidos en las Resoluciones números 2118 de 2011 y 1588 de 2012 y los que se establecen en el presente acto administrativo;

Que en la Resolución número 917 de 2015 se determinan las garantías para cubrir riesgos en materia de telecomunicaciones y de servicios postales;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Declarar abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 003 de 2015, para otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz, para los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, de conformidad con el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF), a partir de las 8:30 a. m. del día 1º de octubre de 2015.

Artículo 2º Horay fecha límite para entrega de solicitudes.

La entrega de las solicitudes para el otorgamiento de permisos para el uso del espectro radioeléctrico a nivel nacional, en las bandas de frecuencia HF en el rango de 3 a 30 MHz; VHF en el rango de 30 a 300 MHz; y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz, en los segmentos atribuidos a los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, se podrá realizar en las instalaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a partir de la hora y fecha de apertura señaladas en el artículo anterior y hasta las 4:30 p. m. del día 6 de octubre de 2015.

Para efectos de las solicitudes enviadas a través de correo electrónico, se tendrá en cuenta la hora de recibo del correo electrónico que contenga la solicitud, por lo que se aceptarán todas aquellas recibidas desde las 8:30 a. m. del día 1º de octubre de 2015 hasta las 11:59 p. m. del 6 de octubre de 2015.

Artículo 3º Cronograma.

El cronograma de ejecución del presente procedimiento de selección objetiva es el siguiente:

Actividad Fechas Días hábiles Lugar
Apertura proceso de selección 1º de octubre de 2015 a las 08:30 a. m. Publicación página web: www. mintic.gov. co
Fecha límite de entrega de solicitudes 6 de octubre de 2015 4 Recepción de Solicitudes:
MinTIC - Grupo de Gestión de la Información
Carrera 8a entre Calles 12A y 12B, Edificio Murillo Toro, Primer Piso, Bogotá, D. C.
Hasta las 4:30p. m. del 06/10/2015
E-mail: seleccionobfetivaespectro® mintic.gov. co
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