Resolución número 24349 de 2016, por la cual se establece cronograma de actividades para la contratación con establecimientos educativos mediante subsidio a la demanda y se dictan otras disposiciones - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605529

Resolución número 24349 de 2016, por la cual se establece cronograma de actividades para la contratación con establecimientos educativos mediante subsidio a la demanda y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín50102

La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley 715 de 2001.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 de la Constitución Política establece la educación como derecho y servicio público con función social del cual son responsables el Estado, la sociedad y la familia igualmente dispone que el Estado es el responsable de velar por una educación de calidad por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos así como de garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los niños, niñas y jóvenes, las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

Que el artículo 68 Superior consagra la posibilidad que tienen los particulares para fundar establecimientos educativos para lo cual, el Legislador debe establecer las condiciones, para la creación y gestión de estos establecimientos.

Que de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 715 de 2001 modificado por el artículo 1º de la Ley 1294 de 2209, serán los departamentos, distritos y municipios certificados, quienes prestarán el servicio público educativo a través del Sistema Educativo Oficial y solamente cuando se demuestre insuficiencia o limitaciones en las instituciones educativas oficiales podrán las referidas entidades contratar la prestación del servicio educativo con entidades sin ánimo de lucro estatales o entidades educativas particulares quienes deberán acreditar una reconocida trayectoria e idoneidad.

Que el Decreto 1851 de 2015, subrogó el Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 el cual en su Sección 6 regula la contratación con establecimientos educativos mediante subsidio a la demanda que pueden realizar las entidades territoriales certificadas.

Que el artículo 2.3.1.3.6.5 del Decreto 1075 de 2015 prevé la existencia de una plataforma virtual cuyo diseño e implementación está a cargo del Ministerio de Educación Nacional en la cual se deben registrar los establecimientos educativos no oficiales que aspiren a celebrar los contratos referidos en esta parte considerativa.

Que igualmente el Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 19704 de 2015 mediante la...

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