Resolución número 2511 de 2022, por medio de la cual se ordena inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la Modificación de la Declaración Política del Partido Alianza Social Independiente (ASI), frente al Gobierno municipal de Juan de Acosta - Atlántico - 31 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 910471587

Resolución número 2511 de 2022, por medio de la cual se ordena inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la Modificación de la Declaración Política del Partido Alianza Social Independiente (ASI), frente al Gobierno municipal de Juan de Acosta - Atlántico

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín52143

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.

CONSIDERANDO:

A través de la Resolución número 2153 de 2020, el Consejo Nacional Electoral inscribió las declaraciones políticas emitidas por el Partido Alianza Social Independiente (ASI), frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de independencia frente al Gobierno Municipal de Juan de Acosta - Atlántico.

El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que "Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el período de gobierno".

Mediante comunicación remitida por el señor Donaldo Padilla Cariaga, en calidad de Presidente del Comité Ejecutivo Municipal del Partido Alianza Social Independiente (ASI), presentó solicitud de modificación de la declaración inscrita en relación con el Gobierno municipal de Juan de Acosta - Atlántico, así:

Por lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9º del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.

Así las cosas, luego de una revisión fáctica y jurídica de la solicitud allegada por el señor Donaldo Padilla Cariaga, Presidente del Comité Ejecutivo...

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