Resolución número 2562 de 2018, por la cual se adiciona la Resolución 740 de 2017 en materia de acceso a tierras para asociaciones campesinas, organizaciones comunitarias y otras formas de economía solidaria - 22 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729888953

Resolución número 2562 de 2018, por la cual se adiciona la Resolución 740 de 2017 en materia de acceso a tierras para asociaciones campesinas, organizaciones comunitarias y otras formas de economía solidaria

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Tierras
Número de Boletín50632

El Director General (E) de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 38 y 65 de la Ley 160 de 1994, los artículos 4, 5, 23, 24, 25, 29, 35, 41, 58, 60 y 61 del Decreto Ley 902 de 2017 y los numerales 1, 2, 5 del artículo 11 del Decreto Ley 2363 de 7 de diciembre de 2015 y las Resoluciones 224 y 225 del 23 de mayo de 2018 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante la cual se encarga de las funciones del Despacho de la Dirección General de la ANT al Director de Acceso a Tierras, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 64 de la Constitución Política de 1991, establece que "Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, (...) con elfin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos".

  2. Que la Constitución dispone en su artículo 58, que "(...) El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad", y en su artículo 333 establece que "(...) fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial".

  3. Que en desarrollo del mencionado precepto constitucional, la Ley 160 de 1994, en su artículo 38 señala que uno de los fines de los programas de reforma agraria es "(... ) a) Establecer...Empresas Comunitarias o cualquier tipo asociativo de producción" y el artículo 65 establece que se podrán hacer adjudicaciones de predios baldíos en favor de personas naturales, empresas comunitarias y cooperativas campesinas.

  4. Que la Ley 454 de 1998, regula la economía solidaria y declara en su artículo 3º, de "(... ) interés general la protección, promoción y fortalecimiento de las cooperativas y demás formas asociativas y solidarias de propiedad".

  5. Que la citada Ley en su artículo 4º, estableció como uno de los principios de la economía solidaria, el de "Propiedad asociativo (sic) y solidaria sobre los medios de producción" y el artículo 6º estableció que una de las características de las organizaciones de economía solidaria es, "Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial".

  6. Que el Acuerdo Final de Paz señala que "(...) También podrán ser beneficiarías asociaciones de trabajadores y trabajadoras con vocación agraria sin tierra o con tierra insuficiente, así como personas y comunidades que participen en programas de asentamiento y reasentamiento con el fin, entre otros, de proteger el medio ambiente, sustituir cultivos ilícitos y fortalecer la producción alimentaria".

  7. Que el punto 1.3.3.1 del citado Acuerdo de Paz también estableció la necesidad de crear estímulos a la economía solidaria y cooperativa: "Con el propósito de estimular diferentes formas asociativas de trabajo de o entre pequeños y medianos productores y productoras, (...) mejorar sus condiciones de vida, de trabajo y de producción, el Gobierno nacional creará e implementará el Plan nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural."

  8. Que en consecuencia el Gobierno adoptó el "Plan Nacional de Fomento a la Economía Solidaria y Cooperativa Rural (PLANFES) 2017-2032.

  9. Que el artículo 2º del Acto Legislativo 01 de 2016, concedió facultades al Gobierno nacional para que, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor de este, expidiera los Decretos con fuerza de Ley para facilitar y asegurar la imple-mentación y desarrollo normativo del Acuerdo final denominado "Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral".

  10. Que, conforme a lo anterior, se expidió el Decreto Ley número 902 de 29 de mayo de 2017, "Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral, contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras".

  11. Que el Decreto 902 de 2017, en sus artículos 4º y 5º, señala específicamente que además de los sujetos individuales "Son sujetos de acceso a la propiedad de la tierra y los programas de formalización, a título gratuito (... ) las asociaciones con vocación agraria o las organizaciones cooperativas del sector solidario con vocación agraria y sin tierra o con tierra insuficiente, así como (...) comunidades que participen en programas de asentamiento y reasentamiento (...)"

  12. Que el artículo 107 de la Ley 1753 de 2015 facultó al Presidente de la República para efectuar un ajuste institucional integral y en ese sentido crear una entidad responsable de la administración de las tierras como recurso para el desarrollo rural, de la política de acceso a tierras y la gestión de la seguridad jurídica para consolidar y proteger los derechos de propiedad en el campo.

  13. Que mediante Decreto Ley 2363 de 2015, se creó la Agencia Nacional de Tierras como máxima autoridad de las tierras de la Nación, para gestionar el acceso a ellas como factor productivo en condiciones de seguridad jurídica, promover su uso en cumplimiento de la función social, la propiedad y administrar y disponer de los predios rurales de propiedad de la nación.

  14. Que en virtud de lo señalado se hace necesario adicionar la Resolución 740 de 2017 para establecer con claridad y pertinencia qué condiciones y requisitos deben cumplir las formas asociativas o de economía solidaria para ser...

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