Resolución número 2773 de 2021, por la cual se autoriza a la Universidad de la Amazonia para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco de Occidente S.A. por la suma de siete mil doscientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho pesos ($7.263.286.858) moneda legal colombiana - 11 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878318291

Resolución número 2773 de 2021, por la cual se autoriza a la Universidad de la Amazonia para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco de Occidente S.A. por la suma de siete mil doscientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho pesos ($7.263.286.858) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51855

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 7º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo los números 1-2021-043769 del 20 de mayo de 2021, 1-2021-050151 del 10 de junio de 2021 y 1-2021-086649 del 1º de octubre de 2021, la Universidad de la Amazonia, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para la celebración y contratación de un empréstito interno sin garantía de la Nación, para financiar gastos diferentes a inversión producto del pasivo exigible a cargo de la Universidad de la Amazonia, destinados al pago de la obligación de la construcción del Edificio Yapurá - Contrato de Obra número 053 de 2017, por la suma de siete mil doscientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho pesos ($7.263.286.858) moneda legal colombiana;

Que el artículo 7º de la Ley 781 de 2002, dispone, entre otros aspectos, que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993, compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015, y demás normas concordantes, por parte de los entes universitarios autónomos, se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que mediante correo electrónico del 28 de septiembre de 2021, el Departamento Nacional de Planeación manifestó que "(...) para la celebración de un empréstito interno sin garantía de la Nación, con destino al pago de la obligación de la construcción del Edificio Yapurá- Contrato de Obra número 053 de 2017 (...) se considera que el objeto de la operación no recae sobre un gasto de inversión, sino que se trata de un pasivo exigible a cargo de la entidad, por lo tanto, no es competencia del DNP pronunciarse o emitir concepto favorable para este tipo de operaciones.(...)";

Que el artículo 145 de la Ley 1753 de 2015 dispone que las operaciones de crédito público y asimiladas cuyo objeto no comprenda el financiamiento de gastos de inversión no requerirán concepto del Departamento Nacional de Planeación para su celebración, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos dispuestos para su contratación, incluido, cuando aplique, el concepto favorable de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público;

Que el artículo 2.2.1.6. del Decreto 1068 de 2015, establece entre otros que, para las operaciones de crédito público y asimiladas que comprendan el financiamiento de gastos diferentes a inversión, el concepto será emitido por la Dirección General de Crédito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Dicho concepto tendrá en cuenta los estados financieros actualizados y sus proyecciones para determinar que la entidad...

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