Resolución número 2803 de 2023, por la cual se autoriza a la nación para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública externa, incluidos títulos temáticos, en los mercados internacionales de capitales, hasta por la suma de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD 2.500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas; y se dictan otras disposiciones - 7 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 953705311

Resolución número 2803 de 2023, por la cual se autoriza a la nación para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública externa, incluidos títulos temáticos, en los mercados internacionales de capitales, hasta por la suma de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD 2.500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas; y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52572

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 2.2.1.3.2. del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1068 de 2015 define las operaciones de crédito público como aquellas operaciones que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago, dentro de las cuales se encuentran comprendidas, entre otras, la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública;

Que el inciso primero del artículo 2.2.1.3.1 del Decreto 1068 de 2015 establece que: "Son títulos de deuda pública los bonos y demás títulos valores de contenido crediticio emitidos por las Entidades Estatales en el marco de operaciones de crédito público, con plazo para su redención";

Que el artículo 2.2.1.3.2 del Decreto 1068 de 2015 establece que "La emisión y colocación de títulos de deuda pública externa, incluidos los títulos temáticos, a nombre de la nación en el marco de las autorizaciones conferidas al Gobierno nacional para celebrar operaciones de crédito público y asimiladas requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cumpla con los siguientes requisitos: 1. Concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes); y, 2. Concepto único de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, si se trata de títulos de deuda pública externa con plazo superior a un (1) año";

Que mediante el artículo 1º de la Resolución 2063 del 4 de agosto de 2022, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público adoptó el "Marco de Referencia de Bonos Verdes, Sociales y Sostenibles Soberanos de Colombia" para la emisión de bonos verdes, sociales, y sostenibles a nombre de la nación en el mercado local y/o en los mercados internacionales de capitales;

Que el artículo 24 de la Ley 185 de 1995 establece que, para todos los efectos previstos en el inciso 5º del parágrafo 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público emitirá un concepto preliminar que permita iniciar las gestiones pertinentes para las operaciones de crédito...

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