Resolución número 3031 de 2023, por la cual se ordena a los empleadores la actualización de la autorización para trabajar horas extras - 1 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 943222074

Resolución número 3031 de 2023, por la cual se ordena a los empleadores la actualización de la autorización para trabajar horas extras

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín52505

La Ministra del Trabajo, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en particular las que le confiere el artículo 6º del Decreto número 4108 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia establece que: "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas"".

Que el artículo 53 de la Carta Política prevé que la normativa laboral debe tener en cuenta como mínimo, varios principios fundamentales dentro de los cuales se encuentra la garantía de los trabajadores a contar con un descanso necesario, consagrándose igualmente que los Convenios Internacionales del Trabajo debidamente ratificados, en particular los Convenios 001 y 030 de la OIT, hacen parte de la legislación interna y que la ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.

Que el artículo 209 de la Constitución Política, consagra: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones"".

Que el artículo 1º del Decreto número 4108 de 2011, define los objetivos del Ministerio del Trabajo y establece que estos se realizan "a través de un sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control; así como del entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales".

Que además de las funciones señaladas en la Constitución Política y en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los numerales 1 y 2 del artículo 6º del Decreto número 4108 de 2011 establecen que son funciones del Despacho de la Ministra del Trabajo, entre otras, las siguientes: "Dirigir y orientar la formulación, adopción y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo del Trabajo"", así como, "Dirigir, orientar y evaluar los procesos para la formulación de la política social en materia de relaciones laborales, derecho al trabajo, empleo, pensiones y otras prestaciones".

Que de igual forma, en el numeral 5 del mismo artículo y Decreto antes referido, se establece que el Despacho de la Ministra del Trabajo le corresponde: "Proponer medidas que fomenten la estabilidad de las relaciones del trabajo, la expansión de políticas activas y pasivas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR