Resolución número 3117 de 2017, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), para celebrar un empréstito interno y la pignoración de rentas con el Banco Davivienda S. A., redescontable ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), hasta por la suma de treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000) moneda legal colombiana - 29 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 694093825

Resolución número 3117 de 2017, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), para celebrar un empréstito interno y la pignoración de rentas con el Banco Davivienda S. A., redescontable ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), hasta por la suma de treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50371

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 7º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada bajo el número 1-2017-054273 el 13 de julio de 2017, y Alcance número 1-2017-058116 el 27 de julio de 2017, la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para contratar un empréstito por valor de $30.000 millones con el Banco Davivienda S. A. a un plazo de 11 años, destinados a la financiación del proyecto "Agenda Gestión del Riesgo y Adaptación a la Variabilidad Climática del municipio de Manizales";

Que el artículo 7º de la Ley 781 de 2002, dispone, entre otros aspectos, que la gestión y celebración de los actos y contratos, de que trata el Decreto número 2681 de 1993 (Compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto número 1068 de 2015) y demás normas concordantes, por parte de las corporaciones autónomas regionales se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto número 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), es un ente corporativo de carácter público, creado por la Ley 40 de 1971 y transformado por el Decreto número 3855 de 1985 y la Ley 99 de 1993. Tiene personería jurídica, autonomía

administrativa y patrimonio propio e independiente. Es un organismo intermedio entre la administración central nacional y la descentralizada por servicios y territorialmente que no se encuentra adscrito ni vinculado a ningún Ministerio o Departamento Administrativo;

Que mediante Oficio número SC-20174380402461 del 5 de julio de 2017, el Departamento Nacional de Planeación otorgó a la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público interno, de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos estipulados en el Decreto número 1068 de 2015 hasta por COP $30.000 millones con el propósito de financiar el proyecto "Agenda Gestión del Riesgo y Adaptación a la Variabilidad Climática del municipio de Manizales";

Que mediante Acuerdo número 029 del 28 de diciembre de 2016, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), en uso de sus facultades legales, especialmente las que le otorga el literal i), del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, en armonía con el artículo 11 del Decreto número 1768 de agosto 3 de 1994, facultó y autorizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), por el término de dieciocho (18) meses contados a partir de la aprobación de dicho Acuerdo, para contratar un empréstito con la banca comercial o con Institutos de Fomento y Desarrollo Regional, para el desarrollo de los programas enunciados en dicho acuerdo, los cuales se encuentran contemplados en el Plan de Acción 2016-2019; así como para la consecución de la autorización ante las diferentes instancias del orden nacional como el Departamento de Planeación Nacional y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y para dar en garantía los recursos provenientes de la Sobretasa Ambiental del municipio de Manizales. Al respecto, y de conformidad con la certificación suscrita por la Secretaria General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) de fecha 24 de julio...

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