Resolución número 325 de 2017, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor. - 15 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699379985

Resolución número 325 de 2017, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Derecho de Autor
Número de Boletín50448

La Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo del Decreto número 4835 de 2008, modificado por el Decreto

número 1873 de 2015,

CONSIDERANDO:

Primero: Que conforme lo indica el artículo 3º, numeral 4, del Decreto número 4835 de 2008, es función de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (en adelante DNDA), "coordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias (...)".

Segundo: Que por motivo de una actividad de bienestar de los funcionarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor que se realizará el día 15 de diciembre de 2017, no habrá atención al público.

Tercero: Que el inciso final del artículo 118 del Código General del Proceso establece que "En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacanciajudicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho " (Negrita fuera de texto).

Cuarto: Que corresponde a la Directora General de la DNDA salvaguardar las garantías procesales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales, respecto de los sujetos procesales que en ellas intervienen.

Quinto: Que el día 15 de diciembre de 2017 estará cerrado el despacho y no habrá atención al público en las instalaciones de la DNDA. En consecuencia, se hace necesario suspender, por ese día, los términos procesales de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se tramitan ante esta Dirección.

En mérito de lo...

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