Resolución número 336 de 2021, por medio de la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-245077y 50N-20245296.' - 31 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875479505

Resolución número 336 de 2021, por medio de la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-245077y 50N-20245296.'

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín51783

Expediente 0339 de 2019.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42 y 43 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto 2723 de 2014 y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante el turno de corrección C2019-7639 de fecha 2 de agosto de 2019, la señora Ana Iregui de Gonzalez, en calidad de apoderada de la señora Mariana González Iregui y Cristina González Iregui, propietarias de un derecho de cuota sobre el bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50N-245077 solicitó a esta oficina:

"CANCELAR la inscripción de la Escritura 3622 del 21-12-2007 de la Notaría 25 de Bogotá D.C., por cuanto el señor Heriberto Vargas Rodríguez no es propietario del predio con matrícula inmobiliaria 50N-245077, ya que lo él adquirió fue un lote de terreno por permuta parcial, como consta en la Escritura 9364 del 03-12-1993 de la Notaría 6 de Santafé de Bogotá inscrita como anotación No. 003 del referido folio, cuando en realidad esta escritura (3622) se debió inscribir en el folio 50N-20245296 porque fue el que se abrió por esa oficina con el acto de permuta citado".

(Sic).

Mediante oficio con número de consecutivo GGJR-C1410 - 50N2019EE25188 del 22 de agosto de 2019, el grupo de correcciones a través de la Coordinadora del Grupo de Gestión Jurídico Registral remitió el turno de corrección C2019-7639 al área de Abogados Especializados, con la finalidad de proceder a verificar la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-245077.

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