Resolución número 345 de 2016, por la cual se crea, organiza y reglamenta el Comité Asesor para la Contratación del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil - 13 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 638540049

Resolución número 345 de 2016, por la cual se crea, organiza y reglamenta el Comité Asesor para la Contratación del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49872

El Representante Legal del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, en uso de sus facultades legales y, en especial las que le confieren los artículos 51 y

52 del Decreto número 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política en su artículo 209 señala que la función administrativa está al servicio del interés general y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad y en lo dispuesto por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios y demás normas que lo complementan;

Que, el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad, por parte de la autoridad correspondiente en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno para sus procesos de contratación;

Que, el artículo 6º del Decreto número 1060 de 1986 prevé que, ".La Dirección de Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil estará a cargo de la Junta Directiva, cuyas funciones serán desempeñadas por el Consejo Nacional Electoral, y del Director, quien será el Registrador Nacional del Estado Civil. Este tendrá la representación legal y la administración del Fondo...";

Que, el artículo 3º de la Ley 80 de 1993 establece que los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y en la ejecución de los mismos se busca el cumplimento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines;

Que, el artículo 11 de la Ley 80 de 1993 faculta a los representantes legales de las entidades estatales para ordenar y dirigir la celebración de los procesos de contratación pública;

Que, en desarrollo de los procesos de selección, el Fondo Rotatorio de la Regis-traduría Nacional del Estado Civil, tiene el deber de propender por el cumplimiento de los principios contractuales, en especial los de transparencia y la selección objetiva del contratista;

Que, teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, con el fin de dar cumplimiento a los principios que rigen las actuaciones administrativas y de contratación del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se hace necesaria la creación del Comité Asesor para la Contratación, garantizando la transparencia y objetividad de la gestión contractual de la Entidad y del cumplimiento de los fines de la administración, como órgano asesor en aspectos jurídicos, financieros y técnicos en las etapas del proceso contractual;

Que, el Comité Asesor para la Contratación es un órgano colegiado de asesoría al competente contractual y ordenador del gasto, cuyo objetivo es garantizar los postulados de la gestión integral en el Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil;

Que, en virtud de lo anterior y con la finalidad de optimizar la totalidad de los procesos de contratación del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil se considera necesario y conveniente crear, organizar y reglamentar el Comité Asesor para la Contratación, como órgano asesor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil en la materia;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Creación y objetivo.

Créase el Comité Asesor para la Contratación del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil como un órgano interno de carácter permanente, que tendrá como objetivo asesorar a las dependencias y funcionarios, los competentes contractuales y ordenadores del gasto del Fondo Rotatorio de la Entidad, así como a aquellos funcionarios en quienes se haya...

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