Resolución número 3514 de 2022, por la cual se calcula la Tasa de Desempleo Estructural que Será la Base para Establecer la Ampliación por Semanas de la Licencia Remunerada de paternidad para la vigencia 2022 - 21 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 923834241

Resolución número 3514 de 2022, por la cual se calcula la Tasa de Desempleo Estructural que Será la Base para Establecer la Ampliación por Semanas de la Licencia Remunerada de paternidad para la vigencia 2022

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín52315

El subdirector general de Prospectiva y Desarrollo Nacional encargado de las funciones del director general del Departamento Nacional de Planeación, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las del parágrafo 2º del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2º de la Ley 2114 de 2021 y el artículo 2º de la Resolución 3406 del 2021 y Decreto 2596 del 23 de diciembre de 2022.

CONSIDERANDO:

Que la licencia de paternidad se fundamenta en los artículos 42 y 44 de la Constitución Política, los cuales reconocen, respectivamente, el derecho a tener una familia y el principio del interés superior de los niños y niñas, toda vez que a través de esta se garantiza el cuidado y la atención durante los primeros días del recién nacido.

Que la Ley 2114 de 2021 amplía la licencia de paternidad, crea la licencia parental compartida y la licencia parental flexible de tiempo parcial.

Que el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo modificado por el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021 establece lo relativo a la licencia en la época del parto e incentivos para la adecuada atención y cuidado del recién nacido, incluyendo la licencia de paternidad como derecho laboral de los padres trabajadores.

Que el parágrafo 2º del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2º de la Ley 2114 de 2021, señala que el padre tendrá derecho a dos (2) semanas de la licencia remunerada de paternidad, término que se ampliará en una (1) semana adicional por cada punto porcentual de disminución de la Tasa de Desempleo Estructural comparada con su nivel al momento de entrada en vigencia de la Ley 2114 de 2021, sin que en ningún caso pueda superar las cinco (5) semanas.

Que el quinto inciso del referido parágrafo establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Banco de la República y el Departamento Nacional de Planeación definirán de manera conjunta la metodología de medición de la Tasa de Desempleo Estructural, la cual deberá ser publicada en el mes de diciembre de cada año y constituirá la base para definir si se amplía o no la licencia para el año siguiente.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el parágrafo 2º del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2º de la Ley 2114 de 2021, el 2 de diciembre de 2021 se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR