Resolución número 3546 de 2022, por la cual se autoriza al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para celebrar un empréstito externo con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) por la suma de cincuenta millones de euros (EUR50.000.000) y al otorgamiento de una garantía - 27 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 918111942

Resolución número 3546 de 2022, por la cual se autoriza al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para celebrar un empréstito externo con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) por la suma de cincuenta millones de euros (EUR50.000.000) y al otorgamiento de una garantía

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52260

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 6º de la Ley 358 de 1997, modificado por el artículo 30 de la Ley 2155 de 2021 y el artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 0206 del 26 de enero de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó "(...) al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para gestionar operaciones de crédito público externo, hasta por la suma de trescientos millones de dólares (USO 300.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar gastos de inversión incluidos en el Plan de Desarrollo 2020-2023 "Soy Barranquilla";

Que de conformidad con lo señalado por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en desarrollo de la autorización conferida mediante Resolución 0206 del 26 de enero de 2021 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla gestionó un empréstito externo con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) hasta por la suma de cincuenta millones de euros (EUR50.000.000) o su equivalente en otras monedas;

Que mediante memorando radicado con el número 3-2022-18984 del 22 de diciembre de 2022, el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público precisó:

"(...) De conformidad con el cupo autorizado mediante la Resolución número 0206 del 26 de enero de 2021, actualmente el Distrito Especial, Industrial, Portuario de Barranquilla cuenta con un saldo disponible de cincuenta y cinco millones novecientos veintiocho mil dólares (USD55.928.000) de los Estados Unidos de América(...)".

Que el artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 establece que "La celebración de operaciones de crédito público externas y sus asimiladas que no tengan un trámite de autorización especial en este Título, así como el otorgamiento de garantías a los prestamistas, por parte de: i) entidades territoriales; ii) entidades descentralizadas de cualquier orden; iii) los patrimonios autónomos de carácter público autorizados por la ley para celebrar operaciones de crédito público; y iv) todas las demás entidades estatales a las que la ley les otorgue capacidad para ser receptoras de derechos y/u obligaciones, requerirán autorización impartida mediante resolución por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Dicha autorización será expedida una vez se cuente con el correspondiente concepto favorable en los términos del artículo 2.2.1.6. del presente Decreto, el documento técnico justificativo de que trata el artículo 2.2.1.5.2. del presente Decreto y la aprobación de la minuta definitiva del contrato o instrumento impartida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público".

Que mediante oficio número SC-20204381534591 del 4 de noviembre de 2020 y alcance número SC-20204381642401 del 16 de diciembre de 2020, el Departamento Nacional de Planeación otorgó al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla:

"(... ) concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público interno y/o externo sin garantía de la Nación, en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, con entidades financieras internacionales, hasta por un monto de USD 300.000.000 0 su equivalente en otras monedas, destinados a financiar gastos de inversión incluidos en el Plan de Desarrollo 2020-2023 "Soy Barranquilla", bajo la modalidad de libre destinación" .

Que mediante Oficio número SCCI-20224380428601 de fecha 2 de junio de 2022, el Departamento Nacional de Planeación señaló que:

"(...) en el marco de las disposiciones establecidas en el artículo 2.2.1.6 del 1068 de 2015 y teniendo en cuenta los análisis realizados tanto por la...

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