Resolución número 3628 de 2015, por la cual se modifica de manera transitoria el artículo 12 del Plan Especial de Manejo y Protección del Sector Antiguo de Mompox, en el departamento de Bolívar, declarado como Bien de Interés Cultural de Ámbito Nacional - 28 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 591215682

Resolución número 3628 de 2015, por la cual se modifica de manera transitoria el artículo 12 del Plan Especial de Manejo y Protección del Sector Antiguo de Mompox, en el departamento de Bolívar, declarado como Bien de Interés Cultural de Ámbito Nacional

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín49739

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificada por el artículo 7º de la Ley 1185 de 2008, y reglamentada por el Decreto 1080 de 2015 (anterior Decreto 763 de 2009), y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 2378 de 2009, se aprueba el Plan Especial de Manejo y Protección del Sector Antiguo de Mompox, en el departamento de Bolívar, declarado como bien de interés cultural del ámbito nacional.

Que según el artículo 12 de la Resolución número 2378 de 2009, Niveles permitidos de intervención del Plan Especial de Manejo y Protección del Sector antiguo de Mompox, se establecen los siguientes niveles de intervención e instancias de aprobación:

Que el sector antiguo de la ciudad de Mompox se declara Monumento Nacional, hoy bien de interés cultural del ámbito nacional según la Ley 163 de 1959.

Que el sector antiguo de Mompox fue declarado Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad, mediante la inscripción en la lista de Patrimonio Mundial de la Unesco en 1995 por los criterios:

"iv. ser un claro ejemplo de un tipo de arquitectura el cual ilustra de manera significativa una etapa de la historia de la humanidad, y v. ser un claro ejemplo de un tipo tradicional de asentamiento humano el cual es representativo de una cultura o especial interacción con el entorno, particularmente cuya dicha interacción puede ser vulnerable ante posibles impactos de irreversible cambio ".

Que según el artículo 2.3.1.3 del Decreto Único Reglamentario Sector Cultura número 1080 de 2015 (anterior artículo 4º del Decreto 763 de 2009), competencias institucionales públicas, es competencia del Ministerio de Cultura según el apartado iv. 'Establecer aspectos técnicos y administrativos relativos al contenido general de los planes parciales de manejo y protección, cuya sigla es PEMP, de los BIC del ámbito nacional y territorial, de conformidad con la Ley 397 de 1997 modificada por la Ley 1185 de 2008 y este decreto".

Que el Plan Especial de Manejo y Protección del sector antiguo de Mompox, Bolívar se aprobó en el año 2009, encontrándose en la actualidad en período de revisión y actualización y que, dicho proceso se viene adelantando mediante el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR