Resolución número 3720 de 2016, por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de tres (3) meses a la entidad a un Nuevo Amanecer Adolescentes Gestantes y/o Lactantes ubicada en la ciudad de Pereira, departamento de Risaralda, para desarrollar la modalidad Internado Adolescentes y mayores de 18 años, Gestantes y/o en Periodo de Lactancia (contemplado como los dos años de la lactancia materna) con Derechos inobservados, amenazados o vulnerados y sus hijos e hijas en cuidado temporal hasta los dieciocho (18) años - 30 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 641506857

Resolución número 3720 de 2016, por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de tres (3) meses a la entidad a un Nuevo Amanecer Adolescentes Gestantes y/o Lactantes ubicada en la ciudad de Pereira, departamento de Risaralda, para desarrollar la modalidad Internado Adolescentes y mayores de 18 años, Gestantes y/o en Periodo de Lactancia (contemplado como los dos años de la lactancia materna) con Derechos inobservados, amenazados o vulnerados y sus hijos e hijas en cuidado temporal hasta los dieciocho (18) años

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49889

La Subdirectora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, en la Ley 1098 de 2006, en el Decreto 0987 de 2012, y en las Resoluciones 3899 de 2010 y 3435 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 establece que todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aún con autorización de los padres o representantes legales alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes, son sujetos de la vigilancia del Estado.

Que el inciso segundo del artículo 16 de la Ley 1098 de 2006, establece que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, reconoce, otorga, suspende y cancela personerías jurídicas y Licencias de Funcionamiento a las instituciones de este sistema.

Que el parágrafo 2º del artículo 60 de la Ley 1098 de 2006, establece que el Gobierno nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deben expedir la reglamentación correspondiente al funcionamiento de las casas de madres gestantes y los programas de asistencia y cuidado a mujeres con embarazos no deseados.

Que la persona jurídica a un Nuevo Amanecer Adolescentes Gestantes y/o Lactantes es una entidad sin ánimo de lucro con domicilio en la ciudad de Pereira, a quien esta Subdi-rección General le otorgó Personería Jurídica y aprobó los estatutos mediante la Resolución número 2778 del 5 de abril de 2016.

Que la representante legal de la entidad a Un Nuevo Amanecer Adolescentes Gestantes y/o Lactantes mediante comunicación radicada bajo el número E-2016-170659-0101 del 15 de abril de 2016, solicitó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, otorgar licencia de funcionamiento para la modalidad internado adolescentes y mayores de 18 años, gestantes y/o en periodo de lactancia (contemplado como los dos años de la lactancia materna) con derechos inobservados, amenazados o...

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