Resolución número 3749 de 2022, por la cual se establece el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos civiles y no uniformados del Sector Defensa, con derechos de carrera administrativa y en periodo de prueba - 24 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 906019443

Resolución número 3749 de 2022, por la cual se establece el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos civiles y no uniformados del Sector Defensa, con derechos de carrera administrativa y en periodo de prueba

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín52044

El Ministro de Defensa Nacional, en uso de las facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y las calidades de los aspirantes.

Que la Ley 1033 de 2006 establece la Carrera Administrativa Especial para los empleados públicos no uniformados al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares, de la Policía Nacional y de sus entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas al sector Defensa.

Que en los artículos 28 y 31 del Decreto ley 091 de 2007, se establecen lineamientos para la evaluación y calificación del desempeño para el período anual y el periodo de prueba de los funcionarios del Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa.

Que el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, establece que, de acuerdo a las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil, las entidades deben desarrollar sus sistemas de evaluación del desempeño y los presentarán para aprobación de esa Comisión.

Que el Decreto número 1877 del 30 de diciembre de 2021, define las competencias comportamentales comunes y por nivel jerárquico de los empleados públicos civiles y no uniformados del Sector Defensa, el cual se compila en el Decreto Único Reglamentario del Sector Defensa - 1070 de 2015.

Que el Acuerdo número CNSC - 20191000000026 de 2019, define los lineamientos para desarrollar los Sistemas Propios de la Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos de carrera y en período de prueba.

Que mediante oficio número OFI22129 MDN-DGTH de 28 de febrero de 2022, radicado bajo el número 2022RE037261 del 1º de marzo de 2022, el señor Ministro de Defensa Nacional, envió a la Comisión Nacional del Servicio Civil, el proyecto de Resolución por el cual se adopta el sistema propio de evaluación del desempeño del Sector Defensa, para aprobación, en los términos descritos en el artículo 2º del Acuerdo número CNSC -20191000000026 de 2019.

Que mediante Resolución número 4783 del 17 de mayo de 2022, la Comisión Nacional del Servicio Civil, en sesión de sala plena de comisionados, aprobó el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral del Sector Defensa.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Establecer el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos civiles y no uniformados del Sector Defensa con derechos de carrera y en período de prueba, como una herramienta de gestión del talento humano, mediante el cual se describen los lineamientos de gestión, metodología, procedimientos e instrumentos para la aplicación de la evaluación del desempeño laboral, atendiendo las particularidades del Sector.

Artículo 2º Implementar los instrumentos de evaluación para el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos civiles y no uniformados con derechos de carrera y en período de prueba del Sector Defensa.

Los medios o instrumentos que deberán utilizarse en el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral del Sector Defensa serán los contenidos en el anexo técnico del presente acto administrativo.

Artículo 3º Definir el contenido y parámetros del Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos civiles y no uniformados del Sector Defensa, así:
CAPITULO I Generalidades Artículos 4 a 7
Artículo 4º Finalidad de la evaluación del desempeño.

La evaluación y calificación del desempeño tiene por finalidad establecer, de manera objetiva y transparente, la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones y la conducta laboral del funcionario, con referencia a la misión del Sector Defensa, y a los principios rectores de la Seguridad y Defensa Nacional.

Artículo 5º Campo de aplicación.

El Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral se aplicará a los empleados públicos de carrera administrativa y en período de prueba, de las plantas de personal que conforman las entidades del Sector Defensa, sin perjuicio de que se encuentren reguladas en actos administrativos distintos, como se enuncia a continuación, así como las que se lleguen a crear.

La Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional: Comprende los empleos públicos del personal civil y no uniformado, de carrera administrativa y en período de prueba asignados a la Unidad Gestión General del Ministerio de Defensa, Comando General de las Fuerzas Militares, Comandos de Fuerza, Policía Nacional, Dirección General de Sanidad Militar, Dirección General Marítima, Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva.

Parágrafo. Las Entidades Descentralizadas Adscritas al Ministerio de Defensa Nacional que tienen empleos públicos del personal civil y no uniformado, de carrera administrativa y en periodo de prueba, podrán adoptar mediante acto administrativo el sistema propio de evaluación de desempeño que se establece en la presente resolución, de conformidad con lo definido en el artículo 2º de la Resolución número 4783 del 17 de mayo de 2022 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Artículo 6º Sujetos de evaluación.

Los empleados a los que aplica el presente sistema de evaluación del desempeño, son los servidores públicos con derechos de carrera administrativa y en período de prueba que prestan sus servicios en la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional, y las plantas de personal de las entidades descentralizadas adscritas al Sector Defensa.

Artículo 7º Responsables de la evaluación del desempeño laboral del sector Defensa,

los responsables y participantes de la evaluación del desempeño, y sus deberes son:

  1. Jefe de la entidad o su equivalente, nominador o su delegado.

    · Implementar en la Unidad Gestión General del Ministerio de Defensa, Comando General de las Fuerzas Militares, Comandos de Fuerza, Policía Nacional, Dirección General de Sanidad Militar, Dirección General Marítima, Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva, el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño del Sector Defensa.

    · Adoptar en las Entidades Descentralizadas Adscritas el Sistema Propio de Evaluación del Desempeño del Sector Defensa.

    · Garantizar que la evaluación del desempeño laboral de los empleados se efectúe con base en los parámetros establecidos en el presente acto y que con ellos se permita fundamentar un juicio objetivo sobre el desempeño laboral en el marco de las funciones y competencias fijadas para el sector Defensa y los aportes al cumplimiento de las metas institucionales.

    · Ordenar por escrito y de manera inmediata la evaluación extraordinaria del empleado de carrera administrativa cuyo desempeño deficiente haya sido debidamente soportado.

    · Resolver los impedimentos o recusaciones respecto del evaluador, designando al nuevo responsable de la evaluación, si hay lugar a ello, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente y dentro de los cinco (5) días siguientes a su presentación.

  2. Director de Gestión de Talento Humano de la Unidad de Gestión General, o quien haga sus veces en el Comando General de las Fuerzas Militares, los Comandos de Fuerza, la Dirección General de la Policía Nacional, la Dirección General de Sanidad Militar, la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, la Dirección de Veteranos, la Dirección General Marítima, las entidades descentralizadas adscritas.

    · Liderar en la entidad la implementación del Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral del Sector Defensa, de los empleados con derechos de carrera y en período de prueba, de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 65 del Decreto ley 091 de 2007.

    · Realizar la capacitación de los responsables del Proceso de Evaluación del Desempeño Laboral, con el fin de garantizar la correcta aplicación del Sistema Propio de Evaluación del Desempeño Laboral del Sector Defensa.

    · Proporcionar acompañamiento metodológico sobre el manejo de los instrumentos de evaluación que hacen parte del Sistema Propio de Evaluación del Desempeño del Sector Defensa, a todos los responsables del proceso.

    · Presentar al Jefe de la Entidad o Nominador a más tardar el 30 de abril de cada año informes sobre los resultados consolidados obtenidos en el proceso de Evaluación del Desempeño Laboral, que contengan análisis cuantitativos y cualitativos que sirvan de insumo para el Plan de Estímulos e Incentivos, así como detectar las fortalezas y debilidades, para que sean tenidas en cuenta en el Plan Institucional de Capacitación y en el Plan de Bienestar de la entidad, así como la actualización del Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales, de tal manera que contribuyan en la toma de decisiones estratégicas para la mejora en la prestación de los servicios.

    · Ponderar las evaluaciones cuando se presente cambio de...

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