Resolución número 3842 de 2016, por la cual se autoriza a la Universidad Tecnológica de Pereira para celebrar dos contratos de empréstito interno y de pignoración de rentas con Bancolombia, hasta por la suma total de nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho pesos ($9.484.441.298) moneda legal colombiana, redescontables ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter) - 16 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653742257

Resolución número 3842 de 2016, por la cual se autoriza a la Universidad Tecnológica de Pereira para celebrar dos contratos de empréstito interno y de pignoración de rentas con Bancolombia, hasta por la suma total de nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho pesos ($9.484.441.298) moneda legal colombiana, redescontables ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50059

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 7º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas con los números 1-2016-060522 y 1-2016068002 del 28 de julio y 17 de agosto de 2016, respectivamente, la Universidad Tecnológica de Pereira solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar dos contratos de empréstito para los proyectos "Fortalecimiento de la infraestructura física de la Universidad Tecnológica de Pereira para dar cobertura, con calidad a la comunidad universitaria y cumplir con las normas requeridas para el uso y prestación de los servicios de la educación superior" y "Fortalecimiento de la investigación en la Universidad Tecnológica de Pereira", por un valor total $9.484.441.298.00;

Que el artículo 7º de la Ley 781 de 2002, dispone, entre otros aspectos, que la gestión y celebración de los actos y contratos, de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes, por parte de los entes universitarios autónomos se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, re- querirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que la Universidad Tecnológica de Pereira creada por la Ley 41 de 1958, es un ente universitario autónomo del orden nacional, con régimen especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, académica, financiera y patrimonio independiente, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es la educación superior, la investigación y la extensión;

Que mediante Oficios número SC-20164380469661 y SC-20164380480551 del 24 y 31 de mayo de 2016, respectivamente, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable a la Universidad Tecnológica de Pereira para llevar a cabo una operación de crédito público interno sin garantía de la nación en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, por un monto de COP $9.484.441.298 para promover el desarrollo de la infraestructura del sector educación a través de la línea de redescuento en tasa compensada de Findeter para financiar los proyectos "Fortalecimiento de la infraestructura física de la Universidad Tecnológica de Pereira para dar cobertura con calidad a la comunidad universitaria y cumplir con las normas requeridas para el uso y prestación de los servicios de la educación superior", y "Fortalecimiento de la investigación en la Universidad Tecnológica de Pereira". Lo anterior, estableciendo un cupo de COP$8.790.034.424 para el proyecto de fortalecimiento de la infraestructura, y de COP$694.406.874 para el proyecto de fortalecimiento de la investigación;

Que mediante Acuerdo número 35 del 3 de agosto de 2016, el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, entre otros, facultó al Rector para celebrar un contrato de empréstito hasta por un valor de $9.484.441.298 otorgando como garantía la pignoración de la renta de matrícula de pregrado hasta por el 120% del valor anual del servicio a la deuda para el desarrollo de los proyectos: "Fortalecimiento de la infraestructura física de la Universidad Tecnológica de Pereira para dar cobertura con calidad a la comunidad universitaria y cumplir con las normas requeridas para el uso y prestación de los servicios de la educación superior" y "Fortalecimiento de la investigación en la Universidad Tecnológica de Pereira". Lo anterior estableciendo un cupo de $8.790.034.424 para el proyecto de fortalecimiento de infraestructura y de $694.406.874 para el proyecto de fortalecimiento de la investigación;

Que según consta en la...

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