Resolución número 4 0156 de 2017, por la cual el Ministerio de Minas y Energía dispone financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería dentro del programa de formalización minera y se toman otras determinaciones - 1 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 669267185

Resolución número 4 0156 de 2017, por la cual el Ministerio de Minas y Energía dispone financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería dentro del programa de formalización minera y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50162

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el artículo 91 de la Ley 1815 de 2016, y el Decreto 0381 de 2012, modificado por el Decreto 1617 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1815 de 2016, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigenciafiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2017, en su artículo 91, dispone que "El Ministerio de Minas y Energía podrá financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería, dentro del programa de formalización minera".

Que con esta disposición se busca impulsar el desarrollo y formalización de las pequeñas unidades de producción minera con el financiamiento de créditos con tasa compensada a titulares mineros en cumplimiento del plan estratégico para las políticas gubernamentales, promover la equidad y reducir la pobreza como fuente esencial de ingreso para la población económicamente activa de un gran número de municipios.

Que los esfuerzos del Gobierno nacional con el financiamiento de sus proyectos productivos tiende a que las unidades de producción minera censadas en el país como explotaciones de pequeña escala de producción y, de aquellas que operan lícitamente, se formalicen y den cumplimiento a los estándares técnicos, ambientales, económicos, sociales y laborales que les exige la industria.

Que mediante Resolución número 40391 del 20 de abril de 2016, el Ministerio de Minas y Energía adoptó la Política Nacional Minera en la cual se incluye, dentro del pilar de condiciones competitivas, la línea estratégica de promover el acceso a recursos de crédito para el desarrollo de la pequeña minería.

Que en ese sentido las líneas de crédito en la modalidad de tasa compensada constituyen un mecanismo efectivo para generar mayor acceso de la pequeña minería a la oferta de recursos del sistema financiero, al reducir los costos de financiación a cargo de los prestatarios y mejorar su perfil de riesgo crediticio ante la entidad prestamista.

Que mediante el Decreto 2170 de diciembre 27 de 2016, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 2017, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", en la sección 2101, en el código del rubro "C-2104-1900-4" correspondiente al proyecto de inversión "APOYO PARA LA GENERACIÓN DE ACCESO AL CRÉDITO PARA LA PEQUEÑA MINERÍA A NIVEL NACIONAL", se apropiaron recursos para apoyar el financiamiento de los proyectos con viabilidad técnica, compensando a las entidades financieras prestamistas el diferencial por la menor tasa de interés de los créditos otorgados.

Que es necesario establecer las condiciones para que los pequeños mineros puedan acceder a una línea de crédito que implemente una entidad financiera habilitada, mediante la cual se puedan otorgar préstamos en la modalidad de tasa compensada a la pequeña minería, con el fin de garantizar la uniformidad en los requisitos y condiciones de igualdad en el acceso al crédito.

Que de conformidad con el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, el texto de la presente resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Minas y Energía para comentarios, durante el periodo comprendido entre el 1º de febrero de 2017 y el 6 de febrero de 2017.

Que durante su publicación se recibieron comentarios como se evidencia en el documento de soporte de publicación expedido por el Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano, los cuales fueron respondidos vía correo electrónico.

Que...

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