Resolución número 4 0319 de 2016, por la cual se amplía el plazo establecido en la Resolución 41214 de 2015 para el cumplimiento de los parámetros de calidad de la gasolina y diésel - 31 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 632209721

Resolución número 4 0319 de 2016, por la cual se amplía el plazo establecido en la Resolución 41214 de 2015 para el cumplimiento de los parámetros de calidad de la gasolina y diésel

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49830

La Ministra de Minas y Energía (e) y el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 381 de 2012, modificado por el Decreto 1617 de 2013, el Decreto 431 de 2016, el artículo 5º de la Ley 99 de 1993, y el artículo 2.2.5.1.4.5. del Decreto 1076 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 898 del 23 de agosto de 1995 con sus adiciones y modificaciones expedidas por los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía, regula los criterios ambientales de calidad de los combustibles líquidos y sólidos utilizados en hornos y calderas de uso comercial e industrial y en motores de combustión interna de vehículos automotores.

Que el parágrafo 1º del artículo 2.2.5.1.4.5. del Decreto 1076 de 2015, "Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", establece que los combustibles producidos en refinerías que a cinco (5) de junio de 1995 se encontraban en operación en el país, así como aquellos que se deban importar, producir o distribuir en circunstancias especiales de abastecimiento, podrán exceptuarse del cumplimiento de lo establecido para la calidad de los combustibles, excepto en cuanto a la prohibición del contenido de plomo, cuando así lo autorice expresamente el Ministerio del Medio Ambiente y por el término que este señale, previo concepto favorable del Ministerio de Minas y Energía.

Que con el fin de evitar un desabastecimiento nacional y los impactos negativos económicos y sociales que este conllevaría, mediante Resolución 4 1214 del 9 de noviembre de 2015, expedida por los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía, se exceptuó temporalmente el cumplimiento de la especificación para RVP máximo de las gasolinas y de la temperatura máxima del 95% de volumen recobrado del diésel y sus mezclas con biocombustibles, hasta el 31 de marzo de 2016.

Que mediante escrito radicado con el número 2016020405 del 30 de marzo de 2016, Ecopetrol S.A. solicitó al Ministerio de Minas y Energía ampliar el plazo...

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