Resolución número 4 0586 de 2016, por la cual se establece la estructura de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM importados, a distribuir en las zonas de frontera del departamento de Nariño - 14 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 642845717

Resolución número 4 0586 de 2016, por la cual se establece la estructura de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM importados, a distribuir en las zonas de frontera del departamento de Nariño

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49904

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 1430 de 2012 y en los Decretos 381 de 2012, 1617 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los numerales 18 del artículo 2º y 5º del artículo 5º del Decreto 381 de 2012, modificado por el Decreto 1617 de 2013, le corresponde al Ministerio de Minas y Energía definir precios y tarifas de la gasolina, diésel (ACPM), biocombustibles y mezclas de las anteriores.

Que la Resolución 18 1602 de septiembre de 2011 estableció el procedimiento para el cálculo del Ingreso al Productor de la gasolina y la gasolina mezclada con alcohol carburante.

Que la Resolución 18 1491 de agosto de 2012 estableció el procedimiento para el cálculo del Ingreso al Productor de ACPM.

Que en los términos del artículo 9º de la Ley 1430 de 2010, modificado por el artículo 173 de la Ley 1607 de 2012, el Ministerio de Minas y Energía tiene a su cargo la función de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo en zonas de frontera, los cuales estarán exentos del IVA, arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.

Que conforme lo prevé el parágrafo 2º del artículo 9º de la Ley 1430 de 2010: "El Ministerio de Minas y Energía tendrá a su cargo, con la debida recuperación de costos, la regulación y coordinación de las actividades de distribución de combustibles, para la cual establecerá planes de abastecimiento y podrá señalar esquemas regulatorios y tarifarios que permitan el desarrollo de lo establecido en el presente artículo, así como programas de reconversión sociolaborales para aquellas personas que ejercen la distribución de combustibles sin la observancia de las normas legales".

Que desde el pasado 31 de mayo algunas organizaciones civiles están adelantando un paro agrario, para lo cual han acudido a manifestaciones y bloqueos en las principales carreteras del suroccidente del país, impidiendo el normal transporte y abastecimiento de combustibles líquidos derivados del petróleo, hacia zonas que no cuentan con red de poliductos, como es el caso del departamento de Nariño, el cual colinda con la República del Ecuador.

Que como consecuencia de lo anterior, mediante Resolución 4 0578 del 9 de junio de 2016 se autorizó a Ecopetrol S. A. para llevar a cabo la importación de combustibles líquidos derivados del petróleo provenientes de la República del Ecuador, para ser distribuidos exclusivamente en los municipios reconocidos como zona de frontera en el departamento de Nariño, en los términos previstos en el artículo 95 de la Ley 1769 de 2015.

Que mediante Resolución 4 0585 de junio de 2016, se fijó el ingreso al importador por las ventas de gasolina motor corriente y ACPM importados desde la República del Ecuador, para ser distribuidos en los municipios reconocidos como zona de frontera del departamento de Nariño.

Que se hace necesario definir la estructura de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM importados a distribuir en los municipios considerados como Zona de Frontera del departamento de Nariño,

RESUELVE:

Artículo 1º Estructura de precios de la gasolina motor corriente.

Fíjese la estructura de precios de gasolina motor corriente importada a ser distribuida en los municipios considerados como Zona de Frontera del departamento de Nariño, en los términos previstos en los artículos 2º al 5º de esta resolución.

Artículo 2º Ingreso al importador la gasolina motor corriente.

Corresponde al Ingreso por las ventas de gasolina motor corriente importada desde la República del Ecuador que se distribuya con destino a los municipios considerados como zonas de frontera del departamento de Nariño, de acuerdo con lo...

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