Resolución número 40195 de 2021, por medio de la cual se adoptan los Lineamientos de Formalización para el Fomento Minero - 23 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870405554

Resolución número 40195 de 2021, por medio de la cual se adoptan los Lineamientos de Formalización para el Fomento Minero

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51714

El Ministro de Minas y Energía, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 1 del artículo 2º del Decreto 0381 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución 40391 de 2016 adoptó la Política Minera Nacional la cual define en su visión "que la minería es fundamental para el desarrollo no solo del país sino de las regiones, debe existir consenso en que la minería se debe desarrollar, siempre y cuando se haga bajo los mejores estándares".

Que así mismo, la Política Minera de Colombia se fundamenta en los siguientes pilares: "1. Seguridadjurídica: Tener un marco legal claro y estable para el desarrollo del sector. 2. Condiciones competitivas: Promover condiciones competitivas para la industria minera, que garantice que puedan extraerse los minerales y obtener los impuestos, las regalías y el empleo minero que necesita el país y que permita un eficiente desarrollo de la industria. 3. Confianza legítima: Generar relación de mutua confianza entre el Gobierno, el sector productivo y las comunidades mineras. 4. Infraestructura: Realizar gestión para la ampliación y modernización de la infraestructura de transporte existente en el país. 5. Información: Ampliar el conocimiento del territorio colombiano desde el punto de vista geológico-minero, así como de los sistemas de información minera que le dan soporte al desarrollo de la actividad. 6. Institucionalidad minera fortalecida y eficiente: Mejorar los niveles de eficiencia de la autoridad minera en aspectos como tiempos de respuesta y agilidad en los trámites.".

Que en cuanto a la formalización para la pequeña minería la Política Minera de Colombia determinó que "se enfoca en el cumplimiento por parte de las Unidades de Producción Minera (UPM) de los estándares legales, técnicos, ambientales, económicos, sociales y laborales que permiten que la pequeña minería sea una actividad económica legal, viable, rentable, segura, ambientalmente sostenible y que contribuya al desarrollo de las comunidades y sus regiones".

Que en este marco, la formalización minera cuenta con dos líneas básicas: la primera hace referencia a la legalidad, cuyo objetivo es apoyar aquellos pequeños mineros que han ejercido la actividad sin el amparo de un instrumento minero y ambiental, a través de la identificación de alternativas en el marco de los mecanismos previstos por la normativa minera y ambiental. La segunda línea para el proceso de la formalización, corresponde a la asistencia técnica enmarcada hoy en el fomento minero, dirigida a quienes desarrollan la actividad bajo el amparo de un título minero o mecanismo de formalización y cuentan con el instrumento ambiental correspondiente, con el fin de alcanzar el cumplimiento de estándares y el ejercicio de buenas prácticas en los componentes técnicos, ambientales, sociales, económicos y empresariales.

Que el fomento, en su concepto más amplio, es considerado un eje estratégico y necesario para el...

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