Resolución número 40400 de 2022, por la cual se prorroga la vigencia de algunos reglamentos técnicos del subsector de gas combustible
Emisor | Ministerio de Minas y Energía |
Número de Boletín | 52178 |
La Ministra de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, en particular, las contenidas en el numeral 9 del artículo 2º y numeral 7 del artículo 5º del Decreto 381 de 2012, el artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 78 de la Constitución Política establece que "(...) serán responsables, de acuerdo con la Ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios (...)"; Que de conformidad con lo señalado en el inciso segundo del artículo 333 de la Constitución Política "[l]a libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades" frente a las cuales se establecerán reglas mínimas para garantizar la seguridad y la no afectación del medio ambiente;
Que el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con los numerales 9 del artículo 2º y 7 del artículo 5º del Decreto 381 de 2012, tiene entre sus funciones: "expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible, sus usos y aplicaciones"
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015, "[l]
os reglamentos técnicos expedidos serán sometidos a evaluación ex post por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos, una vez cada cinco (5) años, contados a partir de su entrada en vigor (...).
Para lo anterior, antes que transcurran los cinco (5) años desde la entrada en vigencia, y luego de haber realizado el AIN ex post, la entidad debe emitir acto administrativo en el que disponga la permanencia del reglamento técnico, o en el que prorrogue su vigencia mientras emite la modificación que corresponda, lo que aplique según las conclusiones del AIN ex post.";
Que mediante la Resolución 40246 del 8 de marzo de 2016 se adoptó el reglamento técnico aplicable al recibo, almacenamiento y distribución de Gas Licuado de Petróleo, (GLP), el cual entró en vigencia el 31 de diciembre de 2017, conforme a las modificaciones efectuadas en la Resolución 40867 del 8 de septiembre de 2016;
Que mediante la Resolución 40247 del 8 de marzo de 2016 se adoptó el reglamento técnico para...
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