Resolución número 4106 de 2023, por la cual se incrementa el valor para la expedición de las copias y certificados de registros civiles que expiden los notarios - 23 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 924203187

Resolución número 4106 de 2023, por la cual se incrementa el valor para la expedición de las copias y certificados de registros civiles que expiden los notarios

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín52317

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 4º, numeral 1, de la Ley 1163 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 266 de la Constitución Política de 1991 establece que le corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer la función de organizar y dirigir el registro civil y la identificación de las personas;

Que, mediante la Ley 96 de 21 de noviembre de 1985, se creó el Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, "(...) como establecimiento público, esto es, como un organismo dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. La representación legal y la administración del Fondo corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil"; según lo dispuesto en el artículo 53;

Que, el artículo 217 del Código Electoral establece que la Registraduría Nacional del Estado Civil asumirá gradualmente el registro del estado civil de las personas y que "los notarios y demás funcionarios encargados de esta función, continuarán prestándola hasta cuando de ella se hagan cargo los registradores o sus delegados, según determinación del Registrador Nacional del Estado Civil";

Que la Corte Constitucional precisó, en la Sentencia C-896 de 1999, que la prestación del servicio de registro civil por parte de los notarios se ajusta a la Constitución, con la aclaración de que ello no afecta las funciones de dirección y organización que en esa materia ejerce el Registrador Nacional del Estado Civil;

Que, el artículo 2º del Decreto Ley 1010 de 2000 señala como objetivo misional de la Registraduría Nacional del Estado Civil registrar la vida civil e identificar a los colombianos.

Que, el artículo 77 de la Ley 962...

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