Resolución número 4415 de 2019, por la cual se autoriza a la Universidad de Córdoba para celebrar un empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco Davivienda S. A., hasta por la suma de seis mil millones de pesos ($6.000.000.000) moneda legal colombiana - 3 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829326309

Resolución número 4415 de 2019, por la cual se autoriza a la Universidad de Córdoba para celebrar un empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco Davivienda S. A., hasta por la suma de seis mil millones de pesos ($6.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51156

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 7º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo los números 1-2019-038782 del 26 de abril de 2019, 1-2019-044527 del 15 de mayo de 2019 y 1-2019-100390 del 30 de octubre de 2019, la Universidad de Córdoba solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para la contratación de una operación de crédito público interno por valor de $6.000 millones con destino a financiar gastos de funcionamiento, respaldados en rentas propias de la institución;

Que el artículo 7º de la Ley 781 de 2002 dispone, entre otros aspectos, que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993, compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015, y demás normas concordantes, por parte de los entes universitarios autónomos, se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015 dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que la Universidad de Córdoba es una comunidad académica, reconocida como universidad de orden nacional, cuyo objeto social es la prestación del servicio público de la educación superior, con régimen especial del orden estatal u oficial, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera y patrimonio independiente, creada mediante Ley 37 de 1966;

Que mediante Memorando número 3-2019-009560 del 4 de junio de 2019, la Subdirección de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional consideró que "(...) Basándonos en las cifras suministradas por la División de Asuntos Financieros de la Universidad de Córdoba, en el documento de la agencia calificadora de riesgos Fitch Ratings y el análisis realizado por esta Subdirección, concluimos que, si bien los estados financieros a 2018 presentan una afectación en las provisiones por el cálculo del pasivo pensional, esto se da por la adopción de un cambio normativo contable. Indicamos que la Universidad de Córdoba dentro de su utilidad operativa cuenta con la capacidad para atender las obligaciones derivadas del empréstito que se proyecta suscribir";

Que de conformidad con la certificación expedida por la Secretaría General de la Universidad de Córdoba de fecha 13 de noviembre de 2019, "(...) mediante Acuerdo número 107 de fecha 9 de noviembre de 2018 emanado del Consejo Superior Universitario, se autorizó al señor rector para celebrar operación de crédito público interno, hasta por un valor de seis mil millones de pesos ($6.000.000.000). Que el acuerdo ibidem fue adicionado por el Acuerdo número 043 de...

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