Resolución número 467 de 2016, por medio de la cual se modifica la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación |
Número de Boletín | 50016 |
El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 743 del 17 de diciembre de 2013 y sus modificaciones, expedida por la UAE Contaduría General de la Nación (CGN), se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo dispuesto en el anexo del Decreto Nacional número 2784 de 2012 (Anexo del Decreto número 2615 de 2014 a partir de enero de 2016), que será aplicado por las entidades definidas en su artículo 2º.
Que mediante la Resolución número 117 del 11 de marzo de 2015, expedida por la CGN, se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que captan o administran ahorro del público y se definió la estructura del Catálogo General de Cuentas, que se utilizará para el reporte de información financiera de las entidades que deben observar dicho marco.
Que mediante la Resolución número 628 del 2 de diciembre de 2015, expedida por la CGN, se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, el cual define el alcance del Régimen de Contabilidad Pública y sirve de base para desarrollar este instrumento de normalización y regulación, en el contexto de la convergencia hacia estándares internacionales de información financiera.
Que se ha identificado la necesidad de modificar el Catálogo General de Cuentas de las empresas que cotizan en el mercado de valores, o que captan o administran ahorro del público, para incorporar operaciones producto de las mejoras del anexo del Decreto número 2615 de 2014 y hechos económicos que no habían sido contemplados, y eliminar aquellas que no son de aplicación.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE:
Artículo 2º. ...
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