Resolución número 5532 de 2014, por medio de la cual se aprueba una reforma estatutaria - 10 de Mayo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 569536810

Resolución número 5532 de 2014, por medio de la cual se aprueba una reforma estatutaria

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49507

La Directora Regional (E) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en Antioquia, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las señaladas por el Acuerdo número 04 del 9 de febrero de 1988, aprobado por el Decreto número 276 de la misma fecha, en concordancia con la Resolución número 0255 del 19 de febrero de 1988, modificada por la Resolución número 000788 del 29 de abril de 1988, el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 y la Resolución número 003899 del 16 de septiembre de 2010, por la cual se establece el régimen especial para otorgar, reconocer, suspender, renovar y cancelar las personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las Instituciones del Sistema Nacional del Bienestar Familiar que prestan servicios de protección integral y para autorizar a los organismos acreditados para desarrollar el programa de adopción internacional.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 3750 del 17 de agosto de 1989, emanada del ICBF, se reconoció personería jurídica a la entidad denominada Asociación de Padres de Hogares de Bienestar "La Esperanza número 2", con domicilio en el municipio de Bello (CZ05) departamento de Antioquia, como entidad sin ánimo de lucro, de beneficio social y vinculada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar. La duración de la personería jurídica será por término indefinido.

Que entre los documentos aportados, se encuentra el acta de reunión ordinaria de fecha del 19 de septiembre de 2014, los nuevos estatutos que a partir de la fecha rigen dicha asociación y el listado de los miembros asistentes, entre otros.

Que realizado el estudio de los nuevos estatutos, se encuentra que ellos se ajustan a la Constitución y a las leyes, no...

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