Resolución número 5607 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1952 del 25 de febrero de 2020 - 26 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847630335

Resolución número 5607 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1952 del 25 de febrero de 2020

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51418

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 120 y 266 de la Constitución Política, el artículo 26, numeral 12 del Decreto-ley 2241 de 1986 (Código Electoral), los artículos 5º y 36 del Decreto 1010 de 2000, el artículo 42 de la Ley 1475 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 12 del artículo 26 del Código Electoral, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil, dictar y hacer conocer las Resoluciones que fijen los términos para la entrega de pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil.

Que, el numeral 11 del artículo 5º del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que, el numeral 13 del artículo 36 del Decreto 1010 de 2000, dispone que le corresponde a la Dirección de Gestión Electoral, elaborar las resoluciones que fijen los términos para la entrega de documentos electorales.

Que, el inciso segundo del artículo 42 de la Ley 1475 de 2011, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil para fijar los términos de entrega de los documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales a los claveros del municipio respectivo.

Que, el inciso 2 del artículo 144 del Decreto-ley 2241 de 1986 (Código Electoral), establece que los documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales, deben ser conducidos por los Delegados del Registrador del Estado Civil y entregados a los claveros respectivos dentro de los términos que se señalen en la presente resolución.

Que, el Consejo Nacional Electoral mediante Acuerdo número 006 del 10 de diciembre de 2019 dispuso la realización de la repetición de las elecciones de Alcalde y Concejo en

el municipio de San Zenón Magdalena, ordenando al gobernador fijar la fecha para el certamen electoral.

Que, mediante el Decreto 0059 del 28 de enero de 2020, el gobernador del Magdalena convocó la realización de la repetición de las elecciones de Alcalde y Concejo del municipio de San Zenón para el día 29 de marzo de 2020.

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