Resolución número 583 de 2023, por la cual se reglamenta el parágrafo 1º del artículo 14 de la Ley 2251 de 2022 y se dictan otras disposiciones - 7 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 953705461

Resolución número 583 de 2023, por la cual se reglamenta el parágrafo 1º del artículo 14 de la Ley 2251 de 2022 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Seguridad Vial
Número de Boletín52572

La Directora General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren la Ley 1702 de 2013, el parágrafo 1º del artículo 14 de la Ley 2251 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 769 de 2002, "por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones", en el artículo 4º, parágrafo 1º señala que:

"Parágrafo 1 º. El Ministerio de Transporte deberá elaborar un plan nacional de seguridad vial con el objetivo de disminuir la accidentalidad en el país que sirva además como base para los planes departamentales, metropolitanos, distritales y municipales (.)".

Que la Ley 1702 de 2013, "por la cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones" en el artículo 2º establece que:

"Artículo 2º La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) es la máxima autoridad para la aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacional. Coordina los organismos y entidades públicas y privadas comprometidas con la seguridad vial e

implementa el plan de acción de la seguridad vial del Gobierno; su misión es prevenir y reducir los accidentes de tránsito".

Que el artículo 5º de la citada ley define el Plan Nacional de Seguridad Vial en los siguientes términos:

"Plan Nacional de Seguridad Vial. Se tratará de un plan, basado en el diagnóstico de la accidentalidad y del funcionamiento de los sistemas de seguridad vial del país. Determinará objetivos, acciones y calendarios, de forma que concluyan en una la acción multisectorial encaminada a reducir de víctimas por siniestros de tránsito. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) será el órgano responsable del proceso de elaboración, planificación, coordinación y seguimiento del Plan Nacional de Seguridad Vial, que seguirá vigente hasta que se apruebe la ley y se promulgue un nuevo Plan Nacional de Seguridad Vial".

Que la Ley 2251 de 2022, "por la cual se dictan normas para el diseño e implementación de la política de seguridad vial con enfoque de sistema seguro y se dictan otras disposiciones Ley Julián Esteban" en el artículo 14 consagra que:

"Artículo 14. Implementación de los planes locales de seguridad vial. Los Planes Locales de Seguridad Vial que formulen los distritos, áreas metropolitanas, departamentos y los municipios se armonizarán con base en los fundamentos y políticas definidos en el Plan Nacional de Seguridad Vial. Las entidades...

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