Resolución número 59 de 2016, por medio de la cual se decide una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 340-29513 y 340-30770. Expediente número 05-2015
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo |
Número de Boletín | 49898 |
El Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
RESUELVE:
-
Trasladar en orden cronológico la anotación número 11 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-30770, a la anotación número 5 de la Matrícula Inmobiliaria 340-29513.
-
Realizada la corrección anterior, corregir el orden cronológico de las anotaciones números 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Matrícula Inmobiliaria 340-29513.
Notifíquese este proveído a los señores Manuel Rafael Corrales Medrano, Miguel Segundo Corrales Medrano, Franklin de Jesús Corrales Medrano, Dora Corrales Medrano, Rosenda Corrales Medrano de Torres, Yolanda Corrales de Morales, Hugo Corrales Medrano, Mery Corrales Medrano de Paneso, Rosemberh Contreras Cumplido, terceros determinados, y comuníquese al Juzgado Primero Civil Municipal de Sincelejo (Proceso Ejecutivo Singular de Miguel Corrales contra Hugo Corrales Medrano), Juzgado Segundo Civil Municipal de Sincelejo (Proceso Ejecutivo Singular de Miguel Corrales Medrano contra Yolanda Corrales de Vergara). Juzgado Sexto Civil Municipal de Sincelejo (Proceso Ejecutivo Singular de Rosemberh Contreras Cumplido contra Rosenda Corrales de Torres), Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Sincelejo (Proceso Laboral de José R. Díaz Hernández contra Rosales Corrales de Torres), y Juzgado de Ejecución Civil Municipal de Sincelejo (Proceso Ejecutivo Singular de Rosemberh Contreras Cumplido contra Rosenda Corrales de Torre), según lo establecido en los artículos 67 y 68 de la Ley 1437 de 2011.
De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo y, como quiera que la decisión aquí adoptada puede afectar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba