Resolucion numero 0626 de 1998, por la cual se distribuye y ordena el pago de transferencias al sector salud. - 30 de Abril de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799373

Resolucion numero 0626 de 1998, por la cual se distribuye y ordena el pago de transferencias al sector salud.

EmisorVarios - Empresas Industriales
Número de Boletín43306

por la cual se distribuye y ordena el pago de transferencias al sector salud.

El Presidente de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud, Ecosalud S. A., en uso de sus facultades legales, estatutarias y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley 10 de 1990 en su artículo 43, establece que el producto resultante por concepto de todas las modalidades de juegos de suerte y azar diferentes a las loterías y apuestas permanentes existentes, menos el valor de los premios pagados, menos el porcentaje del quince por ciento (15%) como máximo para costos y gastos de inversión, producción, administración, venta y publicidad, más las utilidades de Ecosalud S. A., se distribuirá de la siguiente forma:

    1. 50% para distribuir entre los municipios en proporción directa a las ventas que se ejecuten en su territorio;

    2. 50% como mínimo, para distribuir entre todos los municipios del país en proporción directa a su población y en proporción inversa a su desarrollo socioeconómico, según fórmula aprobada por el Consejo Directivo de Ecosalud S. A.

  2. Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. en sesión número 29 de noviembre 10 de 1992, modificó el Acuerdo número 06 de julio 7 de 1992, expidiendo el Acuerdo número 09 de noviembre 10 de 1992, mediante el cual señala la modificación de la base de cálculo de las transferencias a que hace referencia el numeral 3º del artículo 43 de la Ley 10 de 1990, fórmula que se resume a continuación:

    Asignación 50%

    municipal = valor * 0.25* POBm + 0.75 * PPNBIm

    por fórmula asignar POBt PPNBIt

    Donde:

    POB: Población.

    PPNBI: Porcentaje de población con Necesidades Básicas Insatisfechas.

    Y los sufijos:

    m: Dato nivel municipal.

    t: Dato consolidado nacional.

  3. Que los índices señalados anteriormente fueron calculados por Ecosalud S. A., con base en los datos suministrados por el DANE, organismo responsable de la información y de la calidad de la estadística en Colombia.

  4. Que Ecosalud S. A. dispone de la suma de un mil tres millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y siete pesos ($1.003.458.397.00) m/cte., como producto económico generado por los siguientes conceptos durante el mes de marzo de 1998: Juegos intermedios: quinientos millones doscientos quince mil doscientos treinta y nueve pesos ($500.215.239.00) m/cte., juegos menores la suma de: trescientos cincuenta y dos millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos dieciséis pesos ($352.466.516.00) m/cte., intereses de mora transferencias del mes de marzo/98 la suma de siete millones setecientos cuatro mil ciento cuarenta pesos ($7.704.140.00) m/cte., rendimientos por la Fiduciaria La Previsora S. A., correspondientes al mes de marzo/98 y ajuste de rendimientos realizados por la Fiduciaria diciembre/97 la suma de quince millones dieciséis mil noventa y un pesos ($15.016.091.00) m/cte., rendimientos en CDTs endosados a Ecosalud por la Fiduciaria La Previsora durante el mes de marzo/98 la suma de trece millones quinientos veintidós mil setecientos cuarenta y cinco pesos ($13.522.745.00) m/cte., rendimientos de cuentas de ahorro correspondientes al mes de marzo/98 la suma de cincuenta y nueve millones doscientos diecinueve mil novecientos sesenta y seis pesos ($59.219.966.00) m/cte., rendimientos de CDTs en Davivienda y Banco Central Hipotecario y Conavi la suma de cincuenta y cinco millones trescientos trece mil setecientos pesos ($55.313.700.00) m/cte.

    Que al aplicar los porcentajes de distribución señalados en la Ley 10 de 1990 se obtienen las siguientes cifras:

    Recaudos por juegos menores marzo/98 352.466.516.00

    Recaudos por juegos intermedios marzo/98 500.215.239.00

    Intereses mora de transferencia marzo/98 7.704.140.00

    Rendimientos Fiduprevisora mes marzo y ajustes de diciembre/97 15.016.091.00

    Rendimientos Cuentas de Ahorro de marzo/98 59.219.966.00

    Rendimientos de CDTs 55.313.700.00

    Rendimientos CDTs Fiduprevisora 13.522.745.00 TOTAL A DISTRIBUIR MUNICIPIOS $1.003.458.397.00 ==============

  5. Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. ordenó a los municipios del país que hasta la fecha de expedición de la presente providencia no hayan creado los Fondos Locales de Salud y acreditado requisitos ante el Ministerio de Salud y Ecosalud S. A., la transferencia de que trata el artículo 43 de la Ley 10 de 1990, se le debe situar a los Fondos Seccionales de Salud, con indicación clara del monto que le corresponde a cada municipio, siempre y cuando los Fondos Seccionales respectivos sean acreditados por el Ministerio de Salud y hayan certificado a Ecosalud su cuenta bancaria.

  6. Que en virtud de las inconsistencias presentadas en los reportes de los números de las cuentas de los Fondos Locales, y dada la obligación que tiene Ecosalud S. A. de la distribución total de los recursos destinados a las transferencias del Sector Salud, y que en consideración a que algunos fondos locales, Fondos seccionales y servicios seccionales de salud, no fueron objeto del giro por cuanto no corrigieron estas inconsistencias se dispone girar los valores que permanecían en reserva según artículo 3º parágrafo 1º de la Resolución número 0084 de febrero 13 de 1997 a los Fondos Seccionales de Salud, igualmente aquellos municipios que el Departamento Nacional de Estadística, DANE, reportó en el mes de septiembre de 1997, un censo actualizado de los municipios nuevos, y cuyos valores se encuentran en reserva desde el mes de septiembre de 1997 los cuales se girarán al Fondo Seccional de cada departamento respectivo.

  7. Que en virtud de que el municipio de El Peñol departamento de Antioquia le fue transferido mediante Resolución número 0418 de marzo 30 de 1998, un mayor valor por lo generado en las ventas realizadas y que posteriormente le fue terminado en forma anticipada el permiso a un explotador perteneciente a ese municipio al cual se le devolvió el valor de obligaciones que había cancelado sin encontrarse operando, quedando un saldo en contra del municipio el cual será compensado en las próximas distribuciones,

    RESUELVE:

Artículo 1º Ordenar las transferencias de que trata la parte motiva de esta providencia a los siguientes municipios del país que cuentan con Fondos Locales de Salud, debidamente certificados por el Ministerio de Salud ante Ecosalud S

A.:

Municipios Transferencias

  1. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

    Medellín 70.307.717

    Amalfi 428.974

    Andes 472.026

    Bello 1.133.387

    Bolívar 920.978

    Carolina 172.046

    Cisneros 279.804

    Copacabana 352.028

    Envigado 2.747.478

    Itagüí 781.328

    Jardín 238.363

    Maceo 352.681

    Municipios Transferencias

    Pto. Nare (La Magdalena) 377.979

    Puerto Triunfo 392.535

    Remedios 456.014

    Rionegro 1.814.813

    Yondó 495.216

  2. DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO

    Barranquilla 17.446.671

    Baranoa 384.940

    Campo de la Cruz 486.331

    Juan de Acosta 389.895

    Palmar de Varela 421.403

    Ponedera 446.166

    Puerto Colombia 345.078

    Repelón 489.971

    Sabanagrande 361.667

    Sabanalarga 554.518

    Santo Tomás 412.513

    Soledad 1.081.873

  3. DISTRITO CAPITAL

    Santa Fe de Bogotá, D. C. 272.524.732

  4. DEPARTAMENTO DE BOLIVAR

    Cartagena 23.776.477

    Barranco de Loba 521.444

    Calamar 496.291 Cicuco 446.565

    Córdoba 559.379

    Magangué 2.442.640

    María La Baja 608.329

    Mompós 553.220

    Pinillos 602.648

    San Jacinto 601.026

    San Juan Nepomuceno 605.523

    San Pablo 605.392

    Santa Rosa 628.944

    Santa Rosa del Sur 556.906

    Simití 550.796

    Turbaco 475.387

    Turbaná 508.763

    Villanueva 509.471

    Zambrano 466.608

  5. DEPARTAMENTO DE BOYACA

    Tunja 522.986

    Arcabuco 365.842

    Berbeo 309.026

    Boavita 431.278

    Briceño 507.095

    Busbanzá 480.479

    Caldas 410.978

    Campohermoso 484.500

    Cerinza 403.473

    Chinavita 370.554

    Chiquinquirá 370.032

    Chita 524.996

    Chivatá 529.353

    Ciénaga 506.346

    Cómbita 511.490

    Coper 526.181

    Corrales 358.153

    Cubará 463.000

    Gámeza 366.427

    Iza 259.144

    Jenesano 467.197

    Jericó 511.559

    Labranzagrande 527.724

    La Capilla 377.282

    La Victoria 512.460

    La Uvita 428.269

    Macanal 438.935

    Maripí 531.741

    Moniquirá 398.052

    Motavita 506.024

    Nobsa 189.878

    Nuevo Colón 360.391

    Otanche 498.043

    Pachavita 394.000

    Panqueba 423.989

    Pauna 482.015

    Paya 537.695

    Paz de Río 279.917

    Municipios Transferencias

    Pisba 547.511

    Quípama 407.001

    Ramiriquí 373.273

    Ráquira 475.600

    Saboyá 504.250

    Sáchica 338.046

    San Eduardo 438.290

    San José de Pare 407.077

    San Luis de Gaceno 391.696

    San Mateo 483.768

    San Miguel de Sema 361.546

    San Pablo de Borbur 513.520

    Santana 416.836

    Santa Sofía 379.793

    Sativanorte 477.193

    Sativasur 419.460

    Socha 378.461

    Sogamoso 638.061

    Sora 533.514

    Sotaquirá 412.328

    Soracá 487.260

    Susacón 452.110

    Sutamarchán 496.419

    Sutatenza 359.545

    Tenza 392.463

    Tibaná 435.348

    Tinjacá 503.300

    Tipacoque 456.154

    Toca 484.811

    Togüí 472.398

    Tota 495.955

    Tunungua 467.853

    Tutasá 502.659

    Umbita 438.304

    Ventaquemada 347.183

  6. DEPARTAMENTO DE CALDAS

    Manizales 5.565.478

    Anserma 514.288

    Belalcázar 304.024

    Chinchiná 1.062.654

    La Dorada 1.269.397

    La Merced 813.888

    Manzanares 361.173

    Marmato 267.893

    Pensilvania 307.392

    Salamina 292.929

    Samaná 497.277

  7. DEPARTAMENTO DEL CAUCA

    Caloto 472.487

    Corinto 386.844

    Jambaló 571.761

    Santander de Quilichao 505.194

  8. DEPARTAMENTO DEL CESAR

    Valledupar 1.263.114

    Aguachica 551.980

    Agustín Codazzi 518.358

    Astrea 554.842

    Becerril 518.499

    Bosconia 487.593

    Chiriguaná 425.892

    Curumaní 498.391

    El Copey...

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