Resolucion numero 0626 de 1998, por la cual se distribuye y ordena el pago de transferencias al sector salud.
Emisor | Varios - Empresas Industriales |
Número de Boletín | 43306 |
por la cual se distribuye y ordena el pago de transferencias al sector salud.
El Presidente de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud, Ecosalud S. A., en uso de sus facultades legales, estatutarias y
CONSIDERANDO:
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Que la Ley 10 de 1990 en su artículo 43, establece que el producto resultante por concepto de todas las modalidades de juegos de suerte y azar diferentes a las loterías y apuestas permanentes existentes, menos el valor de los premios pagados, menos el porcentaje del quince por ciento (15%) como máximo para costos y gastos de inversión, producción, administración, venta y publicidad, más las utilidades de Ecosalud S. A., se distribuirá de la siguiente forma:
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50% para distribuir entre los municipios en proporción directa a las ventas que se ejecuten en su territorio;
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50% como mínimo, para distribuir entre todos los municipios del país en proporción directa a su población y en proporción inversa a su desarrollo socioeconómico, según fórmula aprobada por el Consejo Directivo de Ecosalud S. A.
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Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. en sesión número 29 de noviembre 10 de 1992, modificó el Acuerdo número 06 de julio 7 de 1992, expidiendo el Acuerdo número 09 de noviembre 10 de 1992, mediante el cual señala la modificación de la base de cálculo de las transferencias a que hace referencia el numeral 3º del artículo 43 de la Ley 10 de 1990, fórmula que se resume a continuación:
Asignación 50%
municipal = valor * 0.25* POBm + 0.75 * PPNBIm
por fórmula asignar POBt PPNBIt
Donde:
POB: Población.
PPNBI: Porcentaje de población con Necesidades Básicas Insatisfechas.
Y los sufijos:
m: Dato nivel municipal.
t: Dato consolidado nacional.
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Que los índices señalados anteriormente fueron calculados por Ecosalud S. A., con base en los datos suministrados por el DANE, organismo responsable de la información y de la calidad de la estadística en Colombia.
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Que Ecosalud S. A. dispone de la suma de un mil tres millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y siete pesos ($1.003.458.397.00) m/cte., como producto económico generado por los siguientes conceptos durante el mes de marzo de 1998: Juegos intermedios: quinientos millones doscientos quince mil doscientos treinta y nueve pesos ($500.215.239.00) m/cte., juegos menores la suma de: trescientos cincuenta y dos millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos dieciséis pesos ($352.466.516.00) m/cte., intereses de mora transferencias del mes de marzo/98 la suma de siete millones setecientos cuatro mil ciento cuarenta pesos ($7.704.140.00) m/cte., rendimientos por la Fiduciaria La Previsora S. A., correspondientes al mes de marzo/98 y ajuste de rendimientos realizados por la Fiduciaria diciembre/97 la suma de quince millones dieciséis mil noventa y un pesos ($15.016.091.00) m/cte., rendimientos en CDTs endosados a Ecosalud por la Fiduciaria La Previsora durante el mes de marzo/98 la suma de trece millones quinientos veintidós mil setecientos cuarenta y cinco pesos ($13.522.745.00) m/cte., rendimientos de cuentas de ahorro correspondientes al mes de marzo/98 la suma de cincuenta y nueve millones doscientos diecinueve mil novecientos sesenta y seis pesos ($59.219.966.00) m/cte., rendimientos de CDTs en Davivienda y Banco Central Hipotecario y Conavi la suma de cincuenta y cinco millones trescientos trece mil setecientos pesos ($55.313.700.00) m/cte.
Que al aplicar los porcentajes de distribución señalados en la Ley 10 de 1990 se obtienen las siguientes cifras:
Recaudos por juegos menores marzo/98 352.466.516.00
Recaudos por juegos intermedios marzo/98 500.215.239.00
Intereses mora de transferencia marzo/98 7.704.140.00
Rendimientos Fiduprevisora mes marzo y ajustes de diciembre/97 15.016.091.00
Rendimientos Cuentas de Ahorro de marzo/98 59.219.966.00
Rendimientos de CDTs 55.313.700.00
Rendimientos CDTs Fiduprevisora 13.522.745.00 TOTAL A DISTRIBUIR MUNICIPIOS $1.003.458.397.00 ==============
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Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. ordenó a los municipios del país que hasta la fecha de expedición de la presente providencia no hayan creado los Fondos Locales de Salud y acreditado requisitos ante el Ministerio de Salud y Ecosalud S. A., la transferencia de que trata el artículo 43 de la Ley 10 de 1990, se le debe situar a los Fondos Seccionales de Salud, con indicación clara del monto que le corresponde a cada municipio, siempre y cuando los Fondos Seccionales respectivos sean acreditados por el Ministerio de Salud y hayan certificado a Ecosalud su cuenta bancaria.
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Que en virtud de las inconsistencias presentadas en los reportes de los números de las cuentas de los Fondos Locales, y dada la obligación que tiene Ecosalud S. A. de la distribución total de los recursos destinados a las transferencias del Sector Salud, y que en consideración a que algunos fondos locales, Fondos seccionales y servicios seccionales de salud, no fueron objeto del giro por cuanto no corrigieron estas inconsistencias se dispone girar los valores que permanecían en reserva según artículo 3º parágrafo 1º de la Resolución número 0084 de febrero 13 de 1997 a los Fondos Seccionales de Salud, igualmente aquellos municipios que el Departamento Nacional de Estadística, DANE, reportó en el mes de septiembre de 1997, un censo actualizado de los municipios nuevos, y cuyos valores se encuentran en reserva desde el mes de septiembre de 1997 los cuales se girarán al Fondo Seccional de cada departamento respectivo.
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Que en virtud de que el municipio de El Peñol departamento de Antioquia le fue transferido mediante Resolución número 0418 de marzo 30 de 1998, un mayor valor por lo generado en las ventas realizadas y que posteriormente le fue terminado en forma anticipada el permiso a un explotador perteneciente a ese municipio al cual se le devolvió el valor de obligaciones que había cancelado sin encontrarse operando, quedando un saldo en contra del municipio el cual será compensado en las próximas distribuciones,
RESUELVE:
A.:
Municipios Transferencias
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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
Medellín 70.307.717
Amalfi 428.974
Andes 472.026
Bello 1.133.387
Bolívar 920.978
Carolina 172.046
Cisneros 279.804
Copacabana 352.028
Envigado 2.747.478
Itagüí 781.328
Jardín 238.363
Maceo 352.681
Municipios Transferencias
Pto. Nare (La Magdalena) 377.979
Puerto Triunfo 392.535
Remedios 456.014
Rionegro 1.814.813
Yondó 495.216
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DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
Barranquilla 17.446.671
Baranoa 384.940
Campo de la Cruz 486.331
Juan de Acosta 389.895
Palmar de Varela 421.403
Ponedera 446.166
Puerto Colombia 345.078
Repelón 489.971
Sabanagrande 361.667
Sabanalarga 554.518
Santo Tomás 412.513
Soledad 1.081.873
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DISTRITO CAPITAL
Santa Fe de Bogotá, D. C. 272.524.732
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DEPARTAMENTO DE BOLIVAR
Cartagena 23.776.477
Barranco de Loba 521.444
Calamar 496.291 Cicuco 446.565
Córdoba 559.379
Magangué 2.442.640
María La Baja 608.329
Mompós 553.220
Pinillos 602.648
San Jacinto 601.026
San Juan Nepomuceno 605.523
San Pablo 605.392
Santa Rosa 628.944
Santa Rosa del Sur 556.906
Simití 550.796
Turbaco 475.387
Turbaná 508.763
Villanueva 509.471
Zambrano 466.608
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DEPARTAMENTO DE BOYACA
Tunja 522.986
Arcabuco 365.842
Berbeo 309.026
Boavita 431.278
Briceño 507.095
Busbanzá 480.479
Caldas 410.978
Campohermoso 484.500
Cerinza 403.473
Chinavita 370.554
Chiquinquirá 370.032
Chita 524.996
Chivatá 529.353
Ciénaga 506.346
Cómbita 511.490
Coper 526.181
Corrales 358.153
Cubará 463.000
Gámeza 366.427
Iza 259.144
Jenesano 467.197
Jericó 511.559
Labranzagrande 527.724
La Capilla 377.282
La Victoria 512.460
La Uvita 428.269
Macanal 438.935
Maripí 531.741
Moniquirá 398.052
Motavita 506.024
Nobsa 189.878
Nuevo Colón 360.391
Otanche 498.043
Pachavita 394.000
Panqueba 423.989
Pauna 482.015
Paya 537.695
Paz de Río 279.917
Municipios Transferencias
Pisba 547.511
Quípama 407.001
Ramiriquí 373.273
Ráquira 475.600
Saboyá 504.250
Sáchica 338.046
San Eduardo 438.290
San José de Pare 407.077
San Luis de Gaceno 391.696
San Mateo 483.768
San Miguel de Sema 361.546
San Pablo de Borbur 513.520
Santana 416.836
Santa Sofía 379.793
Sativanorte 477.193
Sativasur 419.460
Socha 378.461
Sogamoso 638.061
Sora 533.514
Sotaquirá 412.328
Soracá 487.260
Susacón 452.110
Sutamarchán 496.419
Sutatenza 359.545
Tenza 392.463
Tibaná 435.348
Tinjacá 503.300
Tipacoque 456.154
Toca 484.811
Togüí 472.398
Tota 495.955
Tunungua 467.853
Tutasá 502.659
Umbita 438.304
Ventaquemada 347.183
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DEPARTAMENTO DE CALDAS
Manizales 5.565.478
Anserma 514.288
Belalcázar 304.024
Chinchiná 1.062.654
La Dorada 1.269.397
La Merced 813.888
Manzanares 361.173
Marmato 267.893
Pensilvania 307.392
Salamina 292.929
Samaná 497.277
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DEPARTAMENTO DEL CAUCA
Caloto 472.487
Corinto 386.844
Jambaló 571.761
Santander de Quilichao 505.194
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DEPARTAMENTO DEL CESAR
Valledupar 1.263.114
Aguachica 551.980
Agustín Codazzi 518.358
Astrea 554.842
Becerril 518.499
Bosconia 487.593
Chiriguaná 425.892
Curumaní 498.391
El Copey...
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