Resolucion numero 2432 de 1998, por la cual se ordena la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de un prestador de servicios públicos domiciliarios, para su administración. - 17 de Abril de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799573

Resolucion numero 2432 de 1998, por la cual se ordena la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de un prestador de servicios públicos domiciliarios, para su administración.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín43308

por la cual se ordena la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de un prestador de servicios públicos domiciliarios, para su administración.

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en los artículos 59, 60.2º, 81 y 121 de las Leyes 142 y 143 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que de conformidad con la Constitución Política de 1991 –artículo 370– y las Leyes 142 y 143 de 1994, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios es la entidad encargada de ejercer, a través del Superintendente y sus Delegados, la vigilancia, inspección y control de los prestadores de los servicios públicos de que trata el artículo 1º de la Ley 142 de 1994.

Segundo. Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la facultad de tomar posesión de los prestadores de servicios públicos domiciliarios en los casos que se configure alguna o algunas de las causales contenidas en el artículo 59 de la Ley 142 de 1994, y que dicha atribución le corresponde ejercerla directamente al Superintendente de Servicios Públicos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º numeral 1º letra i) del Decreto 548 de 1995.

Tercero. Que en los artículos 60.2º y 121 de la Ley 142 de 1994 y 43 y 46 del Decreto 548 de 1995 se establece que la toma de posesión podrá ejercerse para administrar los prestadores de servicios públicos domiciliarios los cuales se encuentran sujetos a la vigilancia, inspección y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Cuarto. Que de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 142 de 1994, la toma de posesión de un prestador por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios no requiere de citaciones o comunicaciones a los interesados antes de que se produzca el acto administrativo que la ordene.

Quinto. Que de conformidad con los artículos 60.2º y 121 de la Ley 142 de 1994 cuando la toma de posesión tenga como fin la administración de un prestador de servicios públicos domiciliarios, el Superintendente definirá un tiempo prudencial para que se superen los problemas que dieron origen a la medida, con la posibilidad de que ordene la liquidación del intervenido si transcurrido dicho lapso no se ha solucionado la situación.

Sexto. Que la Electrificadora de Bolívar S. A. –E.S.P.– es una empresa de servicios públicos mixta, sociedad por acciones, cuyo objeto social es la distribución y la comercialización de energía eléctrica en el departamento de Bolívar.

Séptimo. Que dado el objeto de la Electrificadora de Bolívar S.A. –E.S.P.– se encuentra sometida a la inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, al igual que al régimen de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, contenido en la Ley 142 de 1994, la Ley 143 de 1994, las reglamentaciones expedidas por la Comisión de Energía y Gas y demás normas concordantes.

Octavo. Que con base en la situación de la Electrificadora de Bolívar S.A. –E.S.P.–, puesta de manifiesto en las quejas presentadas por los acreedores del prestador, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, decidió adelantar procedimiento administrativo de acuerdo a las normas contenidas en la Ley 142 de 1994 –Título VII Capítulo II– por la presunta suspensión de pago de las obligaciones mercantiles en forma grave del vigilado en cuestión (Expediente 98-210-422 Delegada de Energía y Gas). Para tal efecto la Superintendencia tuvo como antecedentes dentro de los pliegos de cargos formulados los siguientes hechos:

8.1 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con la Bolsa de Energía

A 31 de enero de 1998, según información de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., Comunicación número 004220-1 del 23 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con la bolsa de energía ascendía a doce mil ochocientos noventa y nueve millones setecientos doce mil trescientos veinticinco pesos moneda legal ($12.899.712.325), discriminada así:

($ pesos colombianos)

Actividad Capital Interés Deuda total

Electribol - comercializador 4.319.688.501 313.338.510 4.633.027.011

Electribol - distribuidor 206.381.920 1.950.075 208.331.995

Electribol - generador 7.369.212.547 689.140.772 8.058.353.319

Totales 11.895.282.968 1.004.429.357 12.899.712.325

Fuente: ISA S.A. E.S.P. Comunicación 004220-1 del 23 de febrero de 1998.

8.2 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con el Sistema de Transmisión Nacional

A 31 de enero de 1998, según información de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., Comunicación número 004220-1 del 23 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con el sistema de transmisión nacional ascendía a siete mil ciento cuarenta y dos millones doscientos veintiún mil ciento setenta y un pesos moneda legal ($7.142.221.171), discriminada así:

($ pesos colombianos)

Actividad Capital Interés Deuda total

Electribol - comercializador 6.426.165.101 436.854.978 6.863.020.079

Electribol - generador 255.450.547 23.750.545 279.201.092

Totales 6.681.615.648 460.605.523 7.142.221.171

Fuente: ISA S.A. E.S.P. Comunicación 004220-1 del 23 de febrero de 1998.

8.3 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de peaje

A 31 de enero de 1998, según información de Corelca, Comunicación de Corelca número 01743 del 20 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de peaje ascendía a ciento sesenta y siete millones cuatrocientos treinta y cinco mil doscientos setenta y dos pesos ($167.435.272), discriminada así:

($ pesos colombianos)

De 1 a 60 De 61 a 90 De 91 a 180 Capital Interés Deuda total días días días

106.359.181 53.644.953 7.431.138 161.473.269 5.962.003 167.435.272

Fuente: Corelca. Comunicación número 01743 del 20 de febrero de 1998.

8.4 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de energía

A 31 de enero de 1998, según información de Corelca, Comunicación de Corelca número 01743 del 20 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de energía ascendía a ciento dieciocho millones quinientos sesenta y ocho mil trescientos cuarenta y ocho pesos ($118.568.348) discriminada así:

($ pesos colombianos)

De 1 a 60 días Capital Interés Deuda total

118.568.348 118.546.372 21.977 118.568.348

Fuente: Corelca. Comunicación número 01743 del 20 de febrero de 1998.

8.5 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de conexión

A 31 de enero de 1998, según información de Corelca, Comunicación de Corelca número 01743 del 20 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Corelca por concepto de conexión ascendía a novecientos cuarenta y tres millones quinientos cuatro mil ochocientos veintidós millones ($943.504.822), discriminada así:

($ pesos colombianos)

De 1 a 60 De 61 a 90 De 91 a 180 De 181 a 360 Capital Interés Deuda total días días días días

227.681.119 117.186.284 372.178.129 226.459.290 853.954.554 89.550.268 943.504.822

Fuente: Corelca. Comunicación número 01743 del 20 de febrero de 1998.

8.6 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con Empresas Públicas de Medellín

A 31 de enero de 1998, según información de las Empresas Públicas de Medellín, Comunicación número 740758 del 23 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con las Empresas Públicas de Medellín ascendía a diecisiete millones ochocientos cincuenta mil ciento veintitrés pesos con cincuenta y dos centavos ($17.850.123.52), discriminada así:

($ pesos colombianos)

Capital Interés Deuda total

17.101.406 748.717.52 17.850.123.52

Fuente: EPM. Comunicación número 740758 del 23 de febrero de 1998.

8.7 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con la Central Hidroeléctrica de Betania S.A. E.S.P. por concepto de energía

A 31 de enero de 1998, según información de la Central Hidroeléctrica de Betania S.A. E.S.P., Comunicación CHB-GAF-B-04002-98 del 19 de febrero de 1998, la deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con la Central Hidroeléctrica de Betania S.A. E.S.P. por concepto de compra de energía ascendía a treinta y nueve millones ochocientos cincuenta y dos mil trescientos noventa y un pesos ($39.852.391).

8.8 Deuda vencida de la Electrificadora de Bolívar S.A. E.S.P. con la Empresa Antioqueña de Energía S.A...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR